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→{{T2|3.4. Acto de recepción de la obra}}
* en su caso, al representante de la Intervención correspondiente.
==={{T3|3.4.23. Obligación de asistir}}===
<span style="margin: 0px; padding: 0px">El contratista tiene '''obligación de asistir''' a la recepción de la obra.</span>
<span style="margin: 0px; padding: 0px">Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que en el plazo de '''diez días''' formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación.</span>
==={{T3|3.4.34. Resultado de la recepción}}===
<span style="margin: 0px; padding: 0px">Del resultado del acto de recepción de recepción hay que:</span>
* '''levantar un acta''' que suscribirán todos los asistentes,
* '''facilita'''r un ejemplar original cada uno de ellos.
===={{T4|3.4.34.1. Resultado positivo}}====
Según el art. 235.2º de<span style="background-color: #ffffff">l </span>Real Decreto Legislativo 3/2011, si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante y representante de ésta las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces el plazo de garantía.
* '''Fijar''' la fecha para el inicio de la medición general.
===={{T4|3.4.34.2. Resultado negativo}}====
Según el art. 235.3º de<span style="background-color: #ffffff">l </span>Real Decreto Legislativo 3/2011, cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas: