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={{T1|1. Introducción}}=
<span style="line-height: 1.5">Sabido es que la contratación pública no es sólo un medio para proveer de bienes y servicios a la Administración, sino que además es un '''potente inductor para la consecución de otras finalidades''' '''sociales, tales como la calidad en el empleo de las personas al servicio de las empresas contratistas, la conservación del medio ambiente o la innovación en las compras públicas, para promover el uso [/[Los+nuevos+principios+que+ordenan+una+gesti%C3%B3n+%E2%80%9Ceficiente%E2%80%9D+gestión “eficiente” de+la+compra+p%C3%BAblica. pública|eficiente]] de los recursos, mediante el ejemplo responsable que aquélla quiere imprimir a su política de contratación.'''</span>
<span style="line-height: 1.5">Casi un 20% del PIB de la UE se consume en la compra de bienes y servicios públicos, y unos requisitos sociales más ambiciosos o una demanda significativa de productos más ecológicos o de innovación, creará mercados más respetuosos con estas políticas, impulsando en las empresas el desarrollo de su responsabilidad social, así como de tecnologías ambientales y de innovación.</span>
<span style="line-height: 1.5">La contratación pública desempeña un papel clave en la '''[https://ec.europa.eu/info/business-economy-euro/economic-and-fiscal-policy-coordination/eu-economic-governance-monitoring-prevention-correction/european-semester_es Estrategia Europa 2020]''', y se considera un instrumento para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando un uso más [/[Los+nuevos+principios+que+ordenan+una+gesti%C3%B3n+%E2%80%9Ceficiente%E2%80%9D+gestión “eficiente” de+la+compra+p%C3%BAblica. pública|eficiente]] o con mayor racionalidad económica de los fondos públicos. Tiene por finalidad facilitar la participación de las PYMES y utilizarla en apoyo de objetivos sociales comunes.</span>
=={{T2|1.1. Novedades del proyecto de LCSP}}==
<span style="background-color: #ffffff; display: block; text-align: justify">El [/es.com/[Proyecto+de+ley+de+contratos+del+Sector+P%C3%BAblico. Público|proyecto de Ley de Contratos del Sector Público]] en su Exposición de Motivos manifiesta que:</span><span style="background-color: #ffffff; display: block; text-align: justify">
* '''La contratación pública es un instrumento para implementar políticas públicas:'''
** ''"''''En la actualidad, nos encontramos ante un panorama legislativo marcado por la denominada «Estrategia Europa 2020», dentro de la cual, la contratación pública desempeña un papel clave, puesto que se configura como '''uno de los instrumentos''' basados en el mercado interior que deben ser utilizados para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso con mayor racionalidad económica de los fondos públicos.''
* '''Políticas públicas''' '''de defensa de la competencia.'''
</span>
'''Lamentablemente, el articulado del [/[Proyecto+de+ley+de+contratos+del+Sector+P%C3%BAblico. Público|Proyecto de Ley]] no refleja el deseo del legislador expresado en el Preámbulo'''. De ahí, que haya sido objeto de numerosas enmiendas presentadas por los grupos de oposición al artículo 145 ''"Criterios de adjudicación del contrato"'', al no sintonizar con el concepto comunitario de ''"contratación pública estratégica"''. Especialmente relevantes resultan las relativas a la sustitución del concepto ''"oferta económicamente más ventajosa"'' por ''"la mejor relación calidad-precio"'', que se evaluará en función de criterios que incluyan aspectos cualitativos, medioambientales y/o sociales, vinculados al objeto de que se trate, citándose ejemplos como:
* '''De carácter social y ético:''' inserción socio-laboral de personas con discapacidad, o en situación o riesgo de exclusión social, la igualdad de mujeres y hombres, la conciliación de la vida laboral, persona y familiar, la mejora de las condiciones laborales y salariales, la contratación de un mayor número de personas para la ejecución del contrato, la subcontratación con Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción, criterios éticos y la responsabilidad social aplicada a la prestación contractual, incluido el suministro o la utilización de productos de Comercio Justo, la formación, la protección de la salud o la participación de las trabajadoras y los trabajadores.

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