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<span style="background-color: #ffffff; font-size: 1.3em">'''={{T2|2.2. ¿Qué pasa si hay algún defecto en la documentación?.'''</span>}}==
Hay :2. Y qué es subsanable y qué no es subsanable.::Teniendo en cuenta la anterior premisa, parece ser que ser muy cuidadoso con se consideran:::defectos subsanables los documentos que afectan a la acreditación de requisitos y ::defectos NO subsanables los que afectan a su existencia.::Ejemplos, una vez finalizado el plazo de presentación de las proposiciones:::La escritura de constitución de la sociedad limitada no había sido inscrita en el Registro Mercantil o::No se había otorgado formalmente (escriturado) el apoderamiento a la persona que firma la calidad empresa o::No se había contratado el aval o el seguro de crédito y caución como garantía provisional::en todos estos documentoscasos, tu empresa sería excluida, porque al finalizar el plazo de presentación de ofertas, es decirmomento en el cual se deben de cumplir los requisitos:::Tu empresa no tenía personalidad jurídica, que sean documentos válidos (originales o copias autorizadas)no tenía todavía capacidad de obrar, porque te pueden pedir no estaba inscrita en el Registro Mercantil.::Tu apoderado todavía no podía actuar, por las mismas razones.::En ese momento, no existía la garantía provisional (que subsanes los defectos o que aportes otros documentos o no pedirte nadase exigía en la licitación). ::En este casocambio, antes de finalizar el plazo de presentación de las proposiciones:::Si tu escritura de constitución sí estaba inscrita en el Registro Mercantil,::Si el apoderamiento se había otorgado en escritura pública::Si constituiste la garantía provisional, tenías tu aval o tu empresa será excluida seguro de crédito y caución, pero se ha olvidado::deberías de tener la licitación oportunidad de subsanar ese defecto y conseguir pasar este examen con "apto" y que tu oferta no será abiertafuese valorada.
2:3. Y qué es subsanable y qué no es subsanableEmpresa pendiente de clasificación.::Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de esta Ley para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación, establece el art. 130 Ley 30/2007:
Teniendo en cuenta :4. ¿Y qué plazos hay para subsanar o aportar documentos?.::Pues depende, hay pequeños matices que dan dos plazos:::Si es para subsanar un defecto, concederá un plazo no superior a 3 días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.::Si es para aportar documentos, concederá un plazo de 5 días naturales., recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la anterior premisapresentación de otros complementarios, parece ser sin que se consideran:puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas.
defectos subsanables los que afectan a la acreditación de requisitos y defectos NO subsanables los que afectan a su existencia. Ejemplos, una vez finalizado el plazo de presentación de las proposiciones: La escritura de constitución de la sociedad limitada no había sido inscrita en el Registro Mercantil o No se había otorgado formalmente (escriturado) el apoderamiento a la persona que firma la empresa o No se había contratado el aval o el seguro de crédito y caución como garantía provisional en todos estos casos, tu empresa sería excluida, porque al finalizar el plazo de presentación de ofertas, momento en el cual se deben de cumplir los requisitos: Tu empresa no tenía personalidad jurídica, no tenía todavía capacidad de obrar, porque no estaba inscrita en el Registro Mercantil. Tu apoderado todavía no podía actuar, por las mismas razones. En ese momento, no existía la garantía provisional (que se exigía en la licitación). En cambio, antes de finalizar el plazo de presentación de las proposiciones: Si tu escritura de constitución sí estaba inscrita en el Registro Mercantil, Si el apoderamiento se había otorgado en escritura pública Si constituiste la garantía provisional, tenías tu aval o tu seguro de crédito y caución, pero se ha olvidado deberías de tener la oportunidad de subsanar ese defecto y conseguir pasar este examen con "apto" y que tu oferta fuese valorada. 3. Empresa pendiente de clasificación. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de esta Ley para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación, establece el art. 130 Ley 30/2007: 4. ¿Y qué plazos hay para subsanar o aportar documentos?. Pues depende, hay pequeños matices que dan dos plazos: Si es para subsanar un defecto, concederá un plazo no superior a 3 días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación. Si es para aportar documentos, concederá un plazo de 5 días naturales., recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas. 5. ¿Y cómo me entero de que tengo que subsanar o aportar documentos?. ::Pues depende, puede ser que: ::lo comunicará verbalmente a los interesados. ::lo deberá hacer público a través de anuncios del órgano de contratación o, en su caso, del que se fije en el pliego. ::Según establece el art. 27.1º del RD 817/2009 "a estos efectos, siempre que resulte precisa la subsanación de errores u omisiones en la documentación mencionada en el párrafo anterior, la mesa concederá para efectuarla un plazo inferior al indicado al objeto de que el acto de apertura pueda celebrarse dentro de él."
→2.1. Cómo funciona el procedimiento de selección. Qué tramites se siguen.
Para saber más, [[Cómo funciona el procedimiento de selección. Qué tramites se siguen|PINCHA AQUÍ]].
<span style="line-height: 1.5">Como ya sabes, el primer examen lo pasa tu empresa y para pasarlo has debido de preparar un conjunto de documentos y meterlos en su correspondiente sobre. No obstante, puede ser que te hayas olvidado de alguno de los documentos o que hayan detectado algún defecto, puede pasar que:</span>
* <span style="line-height: 1.5"> Hayas facilitado una fotocopia de tu escritura de constitución,</span>
¿Qué pasa?
:1. Te pueden pedir que subsanes, pero igual no te lo piden.::Hay que ser muy cuidadoso con los documentos y la calidad de estos documentos, es decir, que sean documentos válidos (originales o copias autorizadas), porque te pueden pedir que subsanes los defectos o que aportes otros documentos o no pedirte nada. En este caso, tu empresa será excluida de la licitación y tu oferta no será abierta.
<span style="background-color: #ffffff; line-height: 1.5">Para saber más, PINCHA AQUÍ</span>