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Los sistemas dinámicos de adquisición

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__TOC__
={{T1|1. Introducción}}=
Un «sistema dinámico de adquisición» es un '''proceso de adquisición enteramente electrónico para compras de uso corriente''', cuyas características generalmente disponibles en el mercado satisfacen las necesidades del poder adjudicador, limitado en el tiempo y abierto durante toda su duración a cualquier operador económico que cumpla los criterios de selección y haya presentado una oferta indicativa que se ajuste al pliego de condiciones, definición que daba en el artículo 1.6º de la '''[http://www.boe.es/doue/2004/134/L00114-00240.pdf Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 31 de marzo de 2004 sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios.]'''
<div style="text-align: center">[[Image:Constitucion_sistema_dinamico_adquisicion.jpg|Constitucion_sistema_dinamico_adquisicion.jpg]]</div>
<span style="font-size: 1.3em; line-height: 1.5">'''3.5. Funcionamiento del sistema dinámico de contratación.'''</span>
=={{T2|3.5. Funcionamiento del sistema dinámico de contratación}}==
'''Cada contrato específico''' que se pretenda adjudicar en el marco de un sistema dinámico de contratación deberá ser objeto de '''una licitación''' que deberá ser publicada de forma distinta si se trata de un contrato sujeto o no a regulación armonizada.

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