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Dentro de los requisitos de aptitud de los licitadores, hay uno ('''[/[La+solvencia+econ%C3%B3mica%2C+económica, financiera+y+t%C3%A9cnica+técnica o+profesional. |la solvencia económica y financiera, técnica o profesional]]'''), cuya acreditación se puede hacer o bien presentado una serie de '''documentos''' o bien presentado el certificado de empresa clasificada.
Es más, para poder presentar proposición a determinados contratos ('''[/[Contrato+de+obras |obras]]''') cuyo '''[/[El+valor+estimado+del+contrato |valor estimado]]''' alcance determinados umbrales es necesario contar con un determinado certificado. '''Si no se dispone del mismo, a no ser que la empresa radique en otro Estado de la Unión Europea, la empresa habrá perdido una oportunidad de negocio.'''
La obtención del certificado de clasificación es un '''procedimiento''' que se tramita según el ámbito de la misma ante los órganos competentes del Estado o de las seis Comunidades Autónomas que actualmente clasifican. El procedimiento supone una carga administrativa para las empresas y dado que se otorga con carácter indefinido requiere que anualmente se justifique el mantenimiento de la solvencia económica y financiera y cada tres años la solvencia técnica y profesional