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El procedimiento negociado

No hay cambio en el tamaño, 16:20 25 feb 2018
m
{{T4|2.1.2.5. Otros contratos}}
* e) En todo caso, cuando su '''valor estimado sea inferior a 100.000,00€'''.
===={{T4|23.1.2.5. Otros contratos}}====
Según el '''artículo 175''' del <span style="background-color: #ffffff">Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre</span>, salvo que se disponga otra cosa en las normas especiales por las que se regulen, los '''restantes contratos de las Administraciones Públicas''' podrán ser adjudicados por procedimiento negociado:
* en los casos previstos en el artículo 170 y

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