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={{T1|1. Introducción}}=
Dentro de la organización [[Información del pliego de cláusulas administrativas#3.1. Un documento técnico|unas personas conocen el bien o el servicio que les hace falta para satisfacer una necesidad de su competencia] y son los encargados de buscar respuestas en el mercado y recabar ofertas de proveedores. Conseguida y resumida dicha información, se plasma en documentos técnicos que son suministrados a los órganos jurídicos que gestionan las compras. Estos órganos son los que saben cómo encauzar legalmente la necesidad existente.
En la medida en que en la configuración de un expediente de contratación intervienen personas con diferentes perfiles y roles, los documentos en que se plasma la información son distintos:
* <span style="line-height: 1.5">Por un lado, están los '''documentos técnicos.'''</span>
* <span style="line-height: 1.5">Por otro lado, están los </span>'''documentos jurídicos'''<span style="line-height: 1.5">'''.''' </span>
Estos documentos son los que vertebran todo el expediente de contratación y son los que regirán la ulterior ejecución del contrato.
={{T1|2. La legislación}}=
=={{T2|2.1 Europea}}==
<span style="background-color: #ffffff">La </span>'''<span style="background-color: #ffffff">[http://www.boe.es/doue/2014/094/L00065-00242.pdf Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE]</span>'''
=={{T2|2.2 Nacional}}==
* '''<span style="line-height: 1.5">[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-17887-consolidado.pdf Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.]</span>'''
* '''<span style="line-height: 1.5">[http://www.boe.es/buscar/pdf/2001/BOE-A-2001-19995-consolidado.pdf Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.]</span>'''
=={{T2|2.3 Regional}}==
={{T1|3. Documentos troncales del expediente de contratación}}=
<span style="line-height: 1.5">En todos los expedientes de contratación hay dos documentos troncales:</span>
=={{T2|3.1. Un documento técnico}}==
Uno que describe técnicamente el bien o el servicio que la organización necesita para satisfacer la necesidad existente:
* <span style="line-height: 1.5">Normalmente y para los contratos de suministros y de servicios ese documento es el '''pliego de prescripciones técnicas''', ''"documento que contiene las prescripciones técnicas particulares que hayan de regir la realización de la prestación y definen sus calidades"'', según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a116 artículo 116.1º]'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En los contratos de obras ese papel lo desempeña el </span>'''<span style="line-height: 1.5">proyecto de las obras,</span>'''<span style="line-height: 1.5"> según el </span>'''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a121 artículo121]'''<span style="line-height: 1.5">.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En los contratos de concesión de obra pública, la definición técnica de la necesidad existente, en la medida en que es más compleja, se realiza en un estudio de viabilidad ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a128 artículo 128]'''), un anteproyecto de explotación y construcción de la obra ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a129 artículo 129]''') y en un proyecto de obras ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a130 artículo 130]''') .</span>
* <span style="line-height: 1.5">Si fuera un contrato de gestión de servicio público, la descripción técnica se llevaría a cabo en el Reglamento que establece el régimen jurídico del servicio público ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a132 artículo 132]''') y el anteproyecto de obra y explotación ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a133 artículo 133]''').</span>
* <span style="line-height: 1.5">En un contratos de colaboración público privada, la evaluación previa ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a134 artículo 134]''') y el programa funcional ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a135 artículo 135]''') describirían técnicamente nuestra necesidad.</span>
=={{T2|3.2. Un documento jurídico}}==
El segundo documento incluiría '''''"los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato"''''', y que es el pliego de cláusulas administrativas, según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a115 artículo 115.2º]'''.
=={{T2|3.3. Prevalece el documento jurídico (el pliego de cláusulas administrativas) sobre el documento técnico}}==
Si bien estos son los dos documentos troncales del expediente de contratación, es el pliego de cláusulas administrativas el elemento esencial del contrato, ya que:
* <span style="line-height: 1.5">'''''"El contrato se ajustará al contenido de los pliegos particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos"''''', según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a115 artículo 115.3º]''' o</span>
* <span style="line-height: 1.5">Como dice el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a209 artículo 209]''', '''''"los contratos deberán cumplirse a tenor de sus cláusulas, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas por la legislación en favor de las Administraciones Públicas"'''''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Además, los derechos y obligaciones establecidos en el pliego de cláusulas son la ley del contrato '''''"no pudiendo incluirse en el documento contractual estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos"''''', según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a26 artículo 26.2º]'''.</span>
=={{T2|3.4. Hay que declarar expresamente la prevalencia del pliego de cláusulas sobre la de cualquier otro documento contractual}}==
Sabemos que el pliego de cláusulas administrativas particulares es el elemento clave del contrato, no obstante, y dado que este documento es complementado por aquellos que describen técnicamente lo que se quiere (con carácter general, pliego de prescripciones técnicas) es preciso determinar un orden de preferencia de los distintos documentos contractuales para el caso de que existan contradicciones entre los mismos.
<span style="line-height: 1.5">El artículo 208 ha establecido que '''''"los efectos de los contratos administrativos se regirán por los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, generales y particulares"''''', no hay una declaración legal expresa de la prevalencia del pliego de cláusulas administrativas frente a otros documentos contractuales, ya que, el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a26 26.1º e)]''' es contenido mínimo del contrato '''''"la enumeración de los documentos que integran el contrato'''''."</span>
<span style="line-height: 1.5">Si así se expresa en el contrato, esta enumeración podrá estar jerarquizada, ordenándose según el orden de prioridad acordado por las partes, en cuyo supuesto, y salvo caso de error manifiesto, el orden pactado se utilizará para determinar la prevalencia respectiva, en caso de que existan contradicciones entre diversos documentos.</span>
=={{T2|3.5. Quién elabora el documento jurídico y el documento técnico}}==
Según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-19995&tn=1&p=20150905&vd=#a67 artículo 67.2º del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre]''', por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RD 1098/2001), "los pliegos de cláusulas administrativas particulares serán redactados por el servicio competente" y dado el carácter jurídico que tiene el documento debería ser redactado por el órgano especialista en las compras (si lo hubiere) o persona con conocimientos jurídicos.
Por otro lado, '''[[La persona competente del servicio que promueva la contratación|la persona competente del servicio que promueva la contratación]]''' (Vías y Obras, Urbanismo, Deportes, Servicios Sociales, Informática....), es la que debe describir la necesidad y las características ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-19995&tn=1&p=20150905&vd=#a73 artículo 73.2º RD 1098/2001]''') y plasmarlo en el pliego de prescripciones técnicas.
=={{T2|3.6. Contenido de los documentos contractuales}}==
En la medida en que el pliego de cláusulas administrativas es el documento clave del expediente y debe prevalecer, en caso de conflicto, sobre cualquier otro documento contractual hay que intentar que en este documento se incluya toda la documentación que corresponde.
¿Y cuál sería la información que hay que incluir en el pliego de cláusulas?. S<span style="line-height: 1.5">egún el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a115 artículo 115.2º del TRLCSP]''', el contenido del pliego de cláusulas será:</span>
* <span style="line-height: 1.5">Los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato y,</span>
* <span style="line-height: 1.5">Demás menciones requeridas por esta ley (el texto refundido) y sus normas de desarrollo.</span>
<span style="line-height: 1.5">El '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-19995&tn=1&p=20150905&vd=#a66 artículo 66 y 67 del RD 1098/2001]''' describen de una forma pormenorizada qué debería incluirse en los pliegos de cláusulas administrativas.</span>
==={{T3|3.6.1. Contenido de los pliegos de cláusulas administrativas generales}}===
<span style="line-height: 1.5">Los pliegos de cláusulas administrativas generales contendrán '''las declaraciones jurídicas, económicas y administrativas''', que serán de aplicación, en principio, a todos los contratos de un '''objeto análogo''' además de las establecidas en la legislación de contratos de las Administraciones públicas.</span>
<span style="line-height: 1.5">Los pliegos se referirán a los siguientes aspectos de los efectos del contrato:</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Ejecución''' del contrato y sus incidencias.</span>
* '''Derechos y obligaciones''' de las partes, régimen económico.
* '''Modificaciones del contrato''', supuestos y límites.
* <span style="line-height: 1.5">'''Resolución''' del contrato.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Extinción''' del contrato, recepción, plazo de garantía y liquidación.</span>
==={{T3|3.6.2. Contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares}}===
Los pliegos de cláusulas administrativas particulares contendrán:
* <span style="line-height: 1.5">aquellas </span>'''<span style="line-height: 1.5">declaraciones que sean específicas del contrato de que se trate</span>'''<span style="line-height: 1.5"> y del '''procedimiento''' y '''forma''' de adjudicación,</span>
* <span style="line-height: 1.5"> las que se '''considere pertinente incluir''' y:</span>
** <span style="line-height: 1.5"> '''no figuren en el pliego de cláusulas administrativas generales''' que, en su caso, resulte de aplicación o</span>
** <span style="line-height: 1.5"> '''estén en contradicción''' con alguna de ellas y las que figurando en el mismo no hayan de regir por causa justificada en el contrato de que se trate.</span>
===={{T4|3.6.2.1. Quién los redacta}}====
Los pliegos de cláusulas administrativas particulares serán redactados por '''el servicio competente'''.
===={{T4|3.6.2.2. Contenido mínimo en todos los contratos}}====
* '''Definición del objeto del contrato, con expresión de la codificación correspondiente de la nomenclatura''' de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996 (CNPA-1996), aprobada por <span style="line-height: 1.5">'''[http://www.boe.es/boe/dias/2003/04/02/pdfs/A12707-12707.pdf Real Decreto 331/2003, de 14 de marzo, por el que se deroga el Real Decreto 81/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996 (CNPA-96), y se establecen las normas aplicables sobre el uso de la clasificación CPA-2002]'''</span>, y, en su caso, de los '''lotes'''. Cuando el contrato sea igual o superior a los importes armonizados deberá indicarse, además, la codificación correspondiente a la '''nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV)''' de la Comisión Europea, establecida por la Recomendación de la Comisión Europea de 30 de julio de 1996, publicada en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» L 222 y S 169, ambos de 3 de septiembre de 1996.
* <span style="line-height: 1.5">'''Necesidades administrativas a satisfacer''' mediante el contrato y los '''factores de todo orden''' a tener en cuenta.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Presupuesto base de licitación''' formulado por la Administración y su distribución en '''anualidades''', en su caso.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Mención expresa de la '''existencia de los créditos''' precisos para atender a las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Plazo de ejecución o de duración del contrato''', con determinación, en su caso, de las '''prórrogas''' de duración que serán acordadas de forma expresa, '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a23 artículo 23 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Procedimiento''' y '''forma de adjudicación del contrato'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación''' del contrato a que se refiere el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a142 artículo 142 del TRLCSP]</u>''', tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión, que debe abonar el adjudicatario.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Documentos a presentar''' por los licitadores, así como la '''forma''' y '''contenido''' de las proposiciones.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Criterios para la adjudicación''' del concurso, por orden decreciente de importancia, y su ponderación.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Indicación expresa, en su caso, de la autorización de '''variantes o alternativas''', con expresión de sus requisitos, límites, modalidades y aspectos del contrato sobre los que son admitidas.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, cuando el contrato se adjudique mediante forma de concurso los '''criterios objetivos''', entre ellos el precio, que serán valorados para determinar que una proposición no puede ser cumplida por ser considerada temeraria o desproporcionada.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Cuando el contrato se adjudique por '''procedimiento negociado''' los aspectos económicos y técnicos que serán objeto de negociación.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Garantías provisionales y definitivas''', así como, en su caso, garantías complementarias.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Derechos y obligaciones específicas''' de las partes del contrato y documentación incorporada al expediente que tiene carácter contractual.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Referencia al régimen de '''pagos'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Régimen aplicable a la '''revisión de precios''' o indicación expresa de su improcedencia conforme al '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a89 artículo 89 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Causas especiales de resolución del contrato'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Supuestos en que, en su caso, los '''incumplimientos de carácter parcial''' serán causa de resolución del contrato.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Especial mención de las '''penalidades''' administrativas que sean de aplicación en cumplimiento de lo establecido en el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a212 artículo 212 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Plazo de garantía''' del contrato o justificación de su no establecimiento y especificación del momento en que comienza a transcurrir su cómputo.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, parte o tanto por ciento de las '''prestaciones susceptibles de ser subcontratadas''' por el contratista.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, obligación del contratista de '''guardar el sigilo''' sobre el contenido del contrato adjudicado.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Expresa sumisión''' a la legislación de contratos de las Administraciones públicas y al pliego de cláusulas administrativas generales que sea aplicable, con especial referencia, en su caso, a las estipulaciones contrarias a este último que se incluyan como consecuencia de lo previsto en el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a115 artículo 115.5 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Los restantes datos y circunstancias que se exijan para cada caso concreto por otros preceptos de la Ley y de este Reglamento o que el órgano de contratación estime necesario para cada contrato singular.</span>
===={{T4|3.6.2.3. Contenido en contratos de obras}}====
* <span style="line-height: 1.5">Referencia al '''proyecto''' y '''mención expresa de los documentos del mismo que revistan carácter contractual'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Criterios de selección''' basados en los medios de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a75 artículos 75 y 76 del TRLSP]</u>''' o clasificación que han de disponer los candidatos cuando el presupuesto base de licitación sea igual o superior al importe determinado en el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a65 artículo 65.1 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Plazo total de ejecución del contrato''' e indicación de los plazos parciales correspondientes si la Administración estima oportuno estos últimos o referencia a su fijación en la aprobación del programa de trabajo, señalando, en su caso, cuáles darán motivo a las recepciones parciales a que se refiere el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a235 artículo 235.5 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* '''<span style="line-height: 1.5">Frecuencias de expedición de certificaciones de obras.</span>'''
* <span style="line-height: 1.5">Condiciones y requisitos para el '''pago a cuenta de actuaciones preparatorias, acopio de materiales y equipos de maquinaria''' adscritos a las obras.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Especificación de la '''dirección de la ejecución del contrato y forma de cursar las instrucciones para el cumplimiento del contrato.'''</span>
* En su caso, imputación al órgano de contratación o al contratista de los '''gastos que se originen como consecuencia de la realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra o de informes específicos''' sobre los mismos.
===={{T4|3.6.2.4. Contenido en contratos de gestión de servicios públicos}}====
* <span style="line-height: 1.5">'''Régimen jurídico básico''' que determina el carácter de servicio público, con expresión de los '''reglamentos''' reguladores del servicio y de los aspectos jurídicos, económicos y administrativos.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Criterios de selección''' basados en los medios de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a75 artículos 75 y 79 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, '''tarifas a abonar''' por los usuarios y procedimiento para su revisión.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Precio o contraprestación económica''' a abonar por la Administración cuando proceda, especificando la clase, cuantía, plazos y forma de entrega, si procede.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Canon o participación a satisfacer a la Administración por el contratista''' o beneficio mínimo que corresponda a alguna de las partes.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Especificación de las '''obras e instalaciones que hubiera de realizar el contratista''' para la explotación del servicio público, expresando las que habrán de pasar a la Administración a la terminación del contrato, en su caso.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Especificación de las '''obras e instalaciones, bienes y medios auxiliares que la Administración aporta al contratista''' para la gestión del servicio público.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En los contratos bajo la modalidad de '''concesión''', requisitos y condiciones que, en su caso, deberá cumplir la sociedad que se constituya para la explotación de la concesión.</span>
* Obligación del contratista de '''mantener en buen estado las obras, instalaciones, bienes y medios auxiliares aportados por la Administración'''.
===={{T4|3.6.2.5. Contenido en contratos de suministro}}====
* <span style="line-height: 1.5">Posibilidad de licitar, en su caso, por la totalidad del objeto del contrato o por '''los lotes''' que se establezcan.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Criterios de selección''' basados en los medios de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a75 artículos 75 y 77 del TRLCSP]</u>''' .</span>
* <span style="line-height: 1.5">Condiciones de '''pago''' del precio y, en su caso, determinación de la garantía en los pagos que se formalicen con anterioridad a la recepción total de los bienes contratados.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Posibilidad de pago del precio por parte de la Administración mediante la '''entrega de bienes de la misma naturaleza que los que se adquieren.'''</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Lugar de entrega''' de los bienes que se adquieren.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Comprobaciones al tiempo de la recepción de las calidades de los bienes''' que, en su caso, se reserva la Administración.</span>
===={{T4|3.6.2.6. Contenido en contratos de servicios}}====
* <span style="line-height: 1.5">Posibilidad de licitar, en su caso, por la totalidad del objeto del contrato o por '''los lotes''' que se establezcan.</span>
* <span style="line-height: 1.5">C'''riterios de selecció'''n basados en los medios de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a75 artículos 75 y 78 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* '''<span style="line-height: 1.5">Sistema de determinación del precio del contrato.</span>'''
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, en los contratos complementarios, expresión del plazo de ejecución vinculado a otro contrato de carácter principal.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Lugar de entrega''', en su caso, del servicio objeto del contrato.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Comprobaciones al tiempo de recepción de la calidad''' del objeto del contrato que se recibe que, en su caso, se reserva la Administración.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, excepción de la obligación del contratista de presentar un '''programa de trabajo''' para la ejecución del contrato.</span>
={{T1|4. Resumen}}=
={{T1|5. Para ampliar información}}=
={{T1|6. Zona de debate}}=
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={{T1|1. Introducción}}=
Dentro de la organización [[Información del pliego de cláusulas administrativas#3.1. Un documento técnico|unas personas conocen el bien o el servicio que les hace falta para satisfacer una necesidad de su competencia] y son los encargados de buscar respuestas en el mercado y recabar ofertas de proveedores. Conseguida y resumida dicha información, se plasma en documentos técnicos que son suministrados a los órganos jurídicos que gestionan las compras. Estos órganos son los que saben cómo encauzar legalmente la necesidad existente.
En la medida en que en la configuración de un expediente de contratación intervienen personas con diferentes perfiles y roles, los documentos en que se plasma la información son distintos:
* <span style="line-height: 1.5">Por un lado, están los '''documentos técnicos.'''</span>
* <span style="line-height: 1.5">Por otro lado, están los </span>'''documentos jurídicos'''<span style="line-height: 1.5">'''.''' </span>
Estos documentos son los que vertebran todo el expediente de contratación y son los que regirán la ulterior ejecución del contrato.
={{T1|2. La legislación}}=
=={{T2|2.1 Europea}}==
<span style="background-color: #ffffff">La </span>'''<span style="background-color: #ffffff">[http://www.boe.es/doue/2014/094/L00065-00242.pdf Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE]</span>'''
=={{T2|2.2 Nacional}}==
* '''<span style="line-height: 1.5">[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-17887-consolidado.pdf Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.]</span>'''
* '''<span style="line-height: 1.5">[http://www.boe.es/buscar/pdf/2001/BOE-A-2001-19995-consolidado.pdf Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.]</span>'''
=={{T2|2.3 Regional}}==
={{T1|3. Documentos troncales del expediente de contratación}}=
<span style="line-height: 1.5">En todos los expedientes de contratación hay dos documentos troncales:</span>
=={{T2|3.1. Un documento técnico}}==
Uno que describe técnicamente el bien o el servicio que la organización necesita para satisfacer la necesidad existente:
* <span style="line-height: 1.5">Normalmente y para los contratos de suministros y de servicios ese documento es el '''pliego de prescripciones técnicas''', ''"documento que contiene las prescripciones técnicas particulares que hayan de regir la realización de la prestación y definen sus calidades"'', según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a116 artículo 116.1º]'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En los contratos de obras ese papel lo desempeña el </span>'''<span style="line-height: 1.5">proyecto de las obras,</span>'''<span style="line-height: 1.5"> según el </span>'''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a121 artículo121]'''<span style="line-height: 1.5">.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En los contratos de concesión de obra pública, la definición técnica de la necesidad existente, en la medida en que es más compleja, se realiza en un estudio de viabilidad ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a128 artículo 128]'''), un anteproyecto de explotación y construcción de la obra ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a129 artículo 129]''') y en un proyecto de obras ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a130 artículo 130]''') .</span>
* <span style="line-height: 1.5">Si fuera un contrato de gestión de servicio público, la descripción técnica se llevaría a cabo en el Reglamento que establece el régimen jurídico del servicio público ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a132 artículo 132]''') y el anteproyecto de obra y explotación ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a133 artículo 133]''').</span>
* <span style="line-height: 1.5">En un contratos de colaboración público privada, la evaluación previa ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a134 artículo 134]''') y el programa funcional ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a135 artículo 135]''') describirían técnicamente nuestra necesidad.</span>
=={{T2|3.2. Un documento jurídico}}==
El segundo documento incluiría '''''"los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato"''''', y que es el pliego de cláusulas administrativas, según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a115 artículo 115.2º]'''.
=={{T2|3.3. Prevalece el documento jurídico (el pliego de cláusulas administrativas) sobre el documento técnico}}==
Si bien estos son los dos documentos troncales del expediente de contratación, es el pliego de cláusulas administrativas el elemento esencial del contrato, ya que:
* <span style="line-height: 1.5">'''''"El contrato se ajustará al contenido de los pliegos particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos"''''', según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a115 artículo 115.3º]''' o</span>
* <span style="line-height: 1.5">Como dice el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a209 artículo 209]''', '''''"los contratos deberán cumplirse a tenor de sus cláusulas, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas por la legislación en favor de las Administraciones Públicas"'''''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Además, los derechos y obligaciones establecidos en el pliego de cláusulas son la ley del contrato '''''"no pudiendo incluirse en el documento contractual estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos"''''', según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a26 artículo 26.2º]'''.</span>
=={{T2|3.4. Hay que declarar expresamente la prevalencia del pliego de cláusulas sobre la de cualquier otro documento contractual}}==
Sabemos que el pliego de cláusulas administrativas particulares es el elemento clave del contrato, no obstante, y dado que este documento es complementado por aquellos que describen técnicamente lo que se quiere (con carácter general, pliego de prescripciones técnicas) es preciso determinar un orden de preferencia de los distintos documentos contractuales para el caso de que existan contradicciones entre los mismos.
<span style="line-height: 1.5">El artículo 208 ha establecido que '''''"los efectos de los contratos administrativos se regirán por los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, generales y particulares"''''', no hay una declaración legal expresa de la prevalencia del pliego de cláusulas administrativas frente a otros documentos contractuales, ya que, el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a26 26.1º e)]''' es contenido mínimo del contrato '''''"la enumeración de los documentos que integran el contrato'''''."</span>
<span style="line-height: 1.5">Si así se expresa en el contrato, esta enumeración podrá estar jerarquizada, ordenándose según el orden de prioridad acordado por las partes, en cuyo supuesto, y salvo caso de error manifiesto, el orden pactado se utilizará para determinar la prevalencia respectiva, en caso de que existan contradicciones entre diversos documentos.</span>
=={{T2|3.5. Quién elabora el documento jurídico y el documento técnico}}==
Según el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-19995&tn=1&p=20150905&vd=#a67 artículo 67.2º del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre]''', por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RD 1098/2001), "los pliegos de cláusulas administrativas particulares serán redactados por el servicio competente" y dado el carácter jurídico que tiene el documento debería ser redactado por el órgano especialista en las compras (si lo hubiere) o persona con conocimientos jurídicos.
Por otro lado, '''[[La persona competente del servicio que promueva la contratación|la persona competente del servicio que promueva la contratación]]''' (Vías y Obras, Urbanismo, Deportes, Servicios Sociales, Informática....), es la que debe describir la necesidad y las características ('''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-19995&tn=1&p=20150905&vd=#a73 artículo 73.2º RD 1098/2001]''') y plasmarlo en el pliego de prescripciones técnicas.
=={{T2|3.6. Contenido de los documentos contractuales}}==
En la medida en que el pliego de cláusulas administrativas es el documento clave del expediente y debe prevalecer, en caso de conflicto, sobre cualquier otro documento contractual hay que intentar que en este documento se incluya toda la documentación que corresponde.
¿Y cuál sería la información que hay que incluir en el pliego de cláusulas?. S<span style="line-height: 1.5">egún el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a115 artículo 115.2º del TRLCSP]''', el contenido del pliego de cláusulas será:</span>
* <span style="line-height: 1.5">Los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato y,</span>
* <span style="line-height: 1.5">Demás menciones requeridas por esta ley (el texto refundido) y sus normas de desarrollo.</span>
<span style="line-height: 1.5">El '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-19995&tn=1&p=20150905&vd=#a66 artículo 66 y 67 del RD 1098/2001]''' describen de una forma pormenorizada qué debería incluirse en los pliegos de cláusulas administrativas.</span>
==={{T3|3.6.1. Contenido de los pliegos de cláusulas administrativas generales}}===
<span style="line-height: 1.5">Los pliegos de cláusulas administrativas generales contendrán '''las declaraciones jurídicas, económicas y administrativas''', que serán de aplicación, en principio, a todos los contratos de un '''objeto análogo''' además de las establecidas en la legislación de contratos de las Administraciones públicas.</span>
<span style="line-height: 1.5">Los pliegos se referirán a los siguientes aspectos de los efectos del contrato:</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Ejecución''' del contrato y sus incidencias.</span>
* '''Derechos y obligaciones''' de las partes, régimen económico.
* '''Modificaciones del contrato''', supuestos y límites.
* <span style="line-height: 1.5">'''Resolución''' del contrato.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Extinción''' del contrato, recepción, plazo de garantía y liquidación.</span>
==={{T3|3.6.2. Contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares}}===
Los pliegos de cláusulas administrativas particulares contendrán:
* <span style="line-height: 1.5">aquellas </span>'''<span style="line-height: 1.5">declaraciones que sean específicas del contrato de que se trate</span>'''<span style="line-height: 1.5"> y del '''procedimiento''' y '''forma''' de adjudicación,</span>
* <span style="line-height: 1.5"> las que se '''considere pertinente incluir''' y:</span>
** <span style="line-height: 1.5"> '''no figuren en el pliego de cláusulas administrativas generales''' que, en su caso, resulte de aplicación o</span>
** <span style="line-height: 1.5"> '''estén en contradicción''' con alguna de ellas y las que figurando en el mismo no hayan de regir por causa justificada en el contrato de que se trate.</span>
===={{T4|3.6.2.1. Quién los redacta}}====
Los pliegos de cláusulas administrativas particulares serán redactados por '''el servicio competente'''.
===={{T4|3.6.2.2. Contenido mínimo en todos los contratos}}====
* '''Definición del objeto del contrato, con expresión de la codificación correspondiente de la nomenclatura''' de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996 (CNPA-1996), aprobada por <span style="line-height: 1.5">'''[http://www.boe.es/boe/dias/2003/04/02/pdfs/A12707-12707.pdf Real Decreto 331/2003, de 14 de marzo, por el que se deroga el Real Decreto 81/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996 (CNPA-96), y se establecen las normas aplicables sobre el uso de la clasificación CPA-2002]'''</span>, y, en su caso, de los '''lotes'''. Cuando el contrato sea igual o superior a los importes armonizados deberá indicarse, además, la codificación correspondiente a la '''nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV)''' de la Comisión Europea, establecida por la Recomendación de la Comisión Europea de 30 de julio de 1996, publicada en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» L 222 y S 169, ambos de 3 de septiembre de 1996.
* <span style="line-height: 1.5">'''Necesidades administrativas a satisfacer''' mediante el contrato y los '''factores de todo orden''' a tener en cuenta.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Presupuesto base de licitación''' formulado por la Administración y su distribución en '''anualidades''', en su caso.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Mención expresa de la '''existencia de los créditos''' precisos para atender a las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Plazo de ejecución o de duración del contrato''', con determinación, en su caso, de las '''prórrogas''' de duración que serán acordadas de forma expresa, '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a23 artículo 23 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Procedimiento''' y '''forma de adjudicación del contrato'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación''' del contrato a que se refiere el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a142 artículo 142 del TRLCSP]</u>''', tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión, que debe abonar el adjudicatario.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Documentos a presentar''' por los licitadores, así como la '''forma''' y '''contenido''' de las proposiciones.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Criterios para la adjudicación''' del concurso, por orden decreciente de importancia, y su ponderación.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Indicación expresa, en su caso, de la autorización de '''variantes o alternativas''', con expresión de sus requisitos, límites, modalidades y aspectos del contrato sobre los que son admitidas.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, cuando el contrato se adjudique mediante forma de concurso los '''criterios objetivos''', entre ellos el precio, que serán valorados para determinar que una proposición no puede ser cumplida por ser considerada temeraria o desproporcionada.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Cuando el contrato se adjudique por '''procedimiento negociado''' los aspectos económicos y técnicos que serán objeto de negociación.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Garantías provisionales y definitivas''', así como, en su caso, garantías complementarias.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Derechos y obligaciones específicas''' de las partes del contrato y documentación incorporada al expediente que tiene carácter contractual.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Referencia al régimen de '''pagos'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Régimen aplicable a la '''revisión de precios''' o indicación expresa de su improcedencia conforme al '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a89 artículo 89 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Causas especiales de resolución del contrato'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Supuestos en que, en su caso, los '''incumplimientos de carácter parcial''' serán causa de resolución del contrato.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Especial mención de las '''penalidades''' administrativas que sean de aplicación en cumplimiento de lo establecido en el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a212 artículo 212 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Plazo de garantía''' del contrato o justificación de su no establecimiento y especificación del momento en que comienza a transcurrir su cómputo.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, parte o tanto por ciento de las '''prestaciones susceptibles de ser subcontratadas''' por el contratista.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, obligación del contratista de '''guardar el sigilo''' sobre el contenido del contrato adjudicado.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Expresa sumisión''' a la legislación de contratos de las Administraciones públicas y al pliego de cláusulas administrativas generales que sea aplicable, con especial referencia, en su caso, a las estipulaciones contrarias a este último que se incluyan como consecuencia de lo previsto en el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a115 artículo 115.5 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Los restantes datos y circunstancias que se exijan para cada caso concreto por otros preceptos de la Ley y de este Reglamento o que el órgano de contratación estime necesario para cada contrato singular.</span>
===={{T4|3.6.2.3. Contenido en contratos de obras}}====
* <span style="line-height: 1.5">Referencia al '''proyecto''' y '''mención expresa de los documentos del mismo que revistan carácter contractual'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Criterios de selección''' basados en los medios de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a75 artículos 75 y 76 del TRLSP]</u>''' o clasificación que han de disponer los candidatos cuando el presupuesto base de licitación sea igual o superior al importe determinado en el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a65 artículo 65.1 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Plazo total de ejecución del contrato''' e indicación de los plazos parciales correspondientes si la Administración estima oportuno estos últimos o referencia a su fijación en la aprobación del programa de trabajo, señalando, en su caso, cuáles darán motivo a las recepciones parciales a que se refiere el '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a235 artículo 235.5 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* '''<span style="line-height: 1.5">Frecuencias de expedición de certificaciones de obras.</span>'''
* <span style="line-height: 1.5">Condiciones y requisitos para el '''pago a cuenta de actuaciones preparatorias, acopio de materiales y equipos de maquinaria''' adscritos a las obras.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Especificación de la '''dirección de la ejecución del contrato y forma de cursar las instrucciones para el cumplimiento del contrato.'''</span>
* En su caso, imputación al órgano de contratación o al contratista de los '''gastos que se originen como consecuencia de la realización de ensayos y análisis de materiales y unidades de obra o de informes específicos''' sobre los mismos.
===={{T4|3.6.2.4. Contenido en contratos de gestión de servicios públicos}}====
* <span style="line-height: 1.5">'''Régimen jurídico básico''' que determina el carácter de servicio público, con expresión de los '''reglamentos''' reguladores del servicio y de los aspectos jurídicos, económicos y administrativos.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Criterios de selección''' basados en los medios de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a75 artículos 75 y 79 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, '''tarifas a abonar''' por los usuarios y procedimiento para su revisión.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Precio o contraprestación económica''' a abonar por la Administración cuando proceda, especificando la clase, cuantía, plazos y forma de entrega, si procede.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Canon o participación a satisfacer a la Administración por el contratista''' o beneficio mínimo que corresponda a alguna de las partes.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Especificación de las '''obras e instalaciones que hubiera de realizar el contratista''' para la explotación del servicio público, expresando las que habrán de pasar a la Administración a la terminación del contrato, en su caso.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Especificación de las '''obras e instalaciones, bienes y medios auxiliares que la Administración aporta al contratista''' para la gestión del servicio público.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En los contratos bajo la modalidad de '''concesión''', requisitos y condiciones que, en su caso, deberá cumplir la sociedad que se constituya para la explotación de la concesión.</span>
* Obligación del contratista de '''mantener en buen estado las obras, instalaciones, bienes y medios auxiliares aportados por la Administración'''.
===={{T4|3.6.2.5. Contenido en contratos de suministro}}====
* <span style="line-height: 1.5">Posibilidad de licitar, en su caso, por la totalidad del objeto del contrato o por '''los lotes''' que se establezcan.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Criterios de selección''' basados en los medios de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a75 artículos 75 y 77 del TRLCSP]</u>''' .</span>
* <span style="line-height: 1.5">Condiciones de '''pago''' del precio y, en su caso, determinación de la garantía en los pagos que se formalicen con anterioridad a la recepción total de los bienes contratados.</span>
* <span style="line-height: 1.5">Posibilidad de pago del precio por parte de la Administración mediante la '''entrega de bienes de la misma naturaleza que los que se adquieren.'''</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Lugar de entrega''' de los bienes que se adquieren.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Comprobaciones al tiempo de la recepción de las calidades de los bienes''' que, en su caso, se reserva la Administración.</span>
===={{T4|3.6.2.6. Contenido en contratos de servicios}}====
* <span style="line-height: 1.5">Posibilidad de licitar, en su caso, por la totalidad del objeto del contrato o por '''los lotes''' que se establezcan.</span>
* <span style="line-height: 1.5">C'''riterios de selecció'''n basados en los medios de acreditar la solvencia económica, financiera y técnica conforme a los '''<u>[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a75 artículos 75 y 78 del TRLCSP]</u>'''.</span>
* '''<span style="line-height: 1.5">Sistema de determinación del precio del contrato.</span>'''
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, en los contratos complementarios, expresión del plazo de ejecución vinculado a otro contrato de carácter principal.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Lugar de entrega''', en su caso, del servicio objeto del contrato.</span>
* <span style="line-height: 1.5">'''Comprobaciones al tiempo de recepción de la calidad''' del objeto del contrato que se recibe que, en su caso, se reserva la Administración.</span>
* <span style="line-height: 1.5">En su caso, excepción de la obligación del contratista de presentar un '''programa de trabajo''' para la ejecución del contrato.</span>
={{T1|4. Resumen}}=
={{T1|5. Para ampliar información}}=
={{T1|6. Zona de debate}}=
[[Categoría:Migración sin formato|{{PAGENAME}}]]