Cambios

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{{T2|2.3. Normas que deroga}}
={{T1|2. El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre}}=
<span style="line-height: 1.5">La actual regulación de la contratación pública en España se encuentra ha encontrado regulada hasta fechas recientes (hasta el día <u>'''9 de marzo de 2018'''</u>) en el '''Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre''', que aprobó el '''Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público''' (en adelante,'''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-17887-consolidado.pdf TRLCSP]'''), cuya entrada en vigor se produjo el <u>16 de diciembre de 2011</u>, al mes de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".</span>
<span style="line-height: 1.5"> <span style="line-height: 1.5"> <span style="line-height: 1.5"> El </span>'''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-17887-consolidado.pdf TRLCSP]''' afecta al Sector público español, sector integrado por más de 20.600 organismos, instituciones y empresas, tanto del ámbito público estatal como del autonómico y local</span><sup class="reference">[2]</sup><span style="line-height: 1.5">.</span>
<span style="line-height: 1.5"> <span style="line-height: 1.5">La'''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-4117-consolidado.pdf Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible]'''</span><sup class="reference">[3]</sup><span style="line-height: 1.5"> había autorizado al Gobierno a elaborar, en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor, un texto refundido en el que se integraran, debidamente '''Regularizados, Aclarados y Armonizados''' (R.A.A.), la '''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-18874-consolidado.pdf Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público]''', y las disposiciones en materia de contratación del sector público contenidas en normas con rango de ley, incluidas las relativas a la captación de financiación privada para la ejecución de contratos públicos.</span>
<span style="line-height: 1.5"> Dicha habilitación tenía había tenido su razón de ser en la '''evidente inseguridad jurídica'''. ''“La sucesión de leyes que han modificado por diversos motivos la Ley 30/2007 unido a la existencia de otras normas en materia de financiación privada para la ejecución de contratos públicos incluidas en otros textos legislativos, pero de indudable relación con los preceptos que regulan los contratos a los que se refieren, aconsejaban la elaboración de un texto único en el que se incluyan debidamente aclaradas y armonizadas, todas las disposiciones aplicables a la contratación del sector público”''.<sup class="reference">[4]</sup>
<span style="line-height: 1.5"> <span style="line-height: 1.5">Para '''José Antonio Moreno Molina''' (Catedrático de Derecho Administrativo - Universidad de Castilla - La Mancha)</span><sup class="reference">[5]</sup><span style="line-height: 1.5">: </span>''<span style="line-height: 1.5">“El TRLCAP consta de 334 artículos distribuidos en 5 libros, por lo que se vuelve al mismo esquema del texto original de la LCSP, eliminando el Libro VI que introdujo la Ley 34/2010 para dedicarlo al “régimen especial de revisión de decisiones en materia de contratación y los medios alternativos de resolución de conflictos”, disposiciones que se llevan ahora al Libro I del texto refundido. Asimismo, el TRLCSP incluye 31 disposiciones adicionales, 8 transitorias, 6 finales y 3 anexos.”</span>''
# El artículo 16 del '''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-8228-consolidado.pdf Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público]'''.
# Los artículos 37 y 38 de la '''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-4117-consolidado.pdf Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible]'''.
<span style="line-height: 1.5"> En opinión del profesor J'''osé Antonio Moreno Molina''' : ''“la refundición es, pues, positiva, en cuanto dota de mayor seguridad jurídica, al confluir distintas disposiciones en un solo texto. Pero tiene el inconveniente de alterar la numeración de los artículos y, por tanto, introducir confusión en las citas jurisprudenciales y doctrinales”.''</span><sup>[[#7. Notas al pie|Nota 6]]</sup>
={{T1|3. Cambios derivados de las directivas europeas}}=
** <span style="font-size: 1em; line-height: 1.5">Por último, el 5 de noviembre de 2015 entró en vigor el </span><span style="line-height: 1.5">'''[http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-9607 Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre]'''. </span>
*** Esta última modificación afecta en lo básico a la clasificación de contratistas, y en el fondo se trata de una modificación que era necesaria desde la entrada en vigor de la Ley 30/2007, pero sigue siendo imprescindible, bajo nuestro punto de vista, un texto único reglamentario que facilite la aplicación de la normativa.
* Y la otra cuestión es era hasta hace poco '''¿cuánto nos va a durar el vigente TRLCSP?'''. Porque están se encontraban en tramitación los Proyectos de ley que van a pretenden incorporar al ordenamiento jurídico interno las tres nuevas directivas de contratación.
* De hecho los anteproyectos fueron remitidos al Consejo de Estado a finales de octubre de 2015 y, en lo que nos resulta más importante, el dictamen referido a la Ley de Contratos del Sector Público fue objeto de Dictamen el día 10 de marzo de 2016 (nº 1116/2015).
* En la misma fecha se emitió el Dictamen 1115/2015, referido al Anteproyecto de Ley de contratación en sectores especiales.
** '''<span style="line-height: 1.5">[http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.094.01.0243.01.SPA Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE]</span>'''
* ''<span style="line-height: 1.5">"La nueva legislación, que ya fue acordada con el Consejo en junio de 2013, supone '''una revisión de las normas de contratación pública''' en la UE, que por primera vez alcanza a los contratos de '''concesión'''.</span>''
* ''<span style="line-height: 1.5">Aproximación a lo que de estos textos nos esperase ha derivado:</span>''
** ''<span style="line-height: 1.5">'''Mejor relación calidad-precio.''' Gracias a los nuevos criterios de adjudicación previstos en las Directivas, las autoridades públicas podrán dar prioridad a la calidad, consideraciones medioambientales, aspectos sociales o a la innovación, sin olvidar el precio ni los costes del ciclo de vida del objeto de la licitación.</span>''
** ''<span style="line-height: 1.5">'''Menos burocracia para los licitadores y mejor acceso para las PYME.'''</span>''
==={{T3|3.2.2. Evolución normativa europea de contratación pública}}===
<span style="line-height: 1.5"> En el Diario Oficial de la Unión Europea de 28 de marzo de 2014 apareció publicada la '''[http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2014-80598 Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014]''', sobre contratación pública (esta noticia apareció publicada el día 28 de marzo de 2014 en el '''[http://obcp.es/index.php/mod.noticias/mem.detalle/id.617/chk.f2997ce09b4f5b4e2aa6a8beed40a732 Observatorio de Contratación Pública]''' y el día 29 de marzo de 2014 en la '''[https://social.inap.es/comunidad/contrataci%C3%B3n-p%C3%BAblica-electr%C3%B3nica/noticias/publicadas-las-nuevas-directivas-materia-contrataci%C3%B3n-p%C3%BAblica-28-marzo-2014 Comunidad de Contratación Pública (+ electrónica)]''' del '''INAP Social''', por cierto, dicha noticia fue el punto de arranque de la Comunidad de Contratación integrada en el INAP Social, que hasta la fecha, ha venido haciendo el seguimiento oportuno de esta transposición normativa todavía pendiente.</span>
<span style="line-height: 1.5"> Si bien el plazo de transposición <span style="line-height: 1.5"><span style="line-height: 1.5">'''expiró el pasado <u>18 de abril de 2016</u>''' y aunque no se ha </span>incorporado la transposición al ordenamiento jurídico internofue tardía, resulta no sólo conveniente, sino fundamental ir conociendo los conocer lo pormenores de esta norma normativa europea por dos distintos motivosen cuanto que son disposiciones que han inspirado la nueva normativa nacional:</span></span>
# <span style="line-height: 1.5">Como todas las directivas es un acto legislativo que establece objetivos que todos los países de la Unión Europea deben cumplir. Si bien cada país deberá decidir individualmente cómo hacerlo, tiene un '''efecto directo''' sobre los Estados miembros, es decir, que transcurrido el plazo para su incorporación, los particulares podrán alegar estos derechos e invocar directamente normas europeas ante las jurisdicciones nacionales y europeas; de hecho, en nuestro país estos efectos directos se produjeron a partir de abril de 2016.</span># El legislativo nacional no ha cumplido pudo cumplir el plazo de transposición. De modo similar a lo que pasó en la anterior incorporación al ordenamiento nacional de la<span style="line-height: 1.5"> '''[http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2004-81002 Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de de 31 de marzo de 2004 sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios]''' que debía haber sido incorporada al ordenamiento jurídico español el 31 de enero de 2006 y lo fue, efectivamente, el 1 de mayo de 2008, es un hecho que la incorporación de la legislación adaptada al ordenamiento jurídico interno no se ha verificado antes del 18 de abril de 2016. Los Anteproyecto llegaron a ser objeto de dictamen por el Consejo de Estado pero, como sabemos, no había un Gobierno que pudiera remitir para su tramitación parlamentaria, todo ello derivado de la situación de interinidad en el ejecutivo durante casi todo el año 2016. </span>
# <span style="line-height: 1.5">Por fin, tras las últimas elecciones de junio de 2016 fue posible constituir un Gobierno (no en funciones) que, por fin, ha remitido los Proyectos al Congreso de los Diputados el día 25 de noviembre de 2016.</span>
<span style="line-height: 1.5"> Además de las tres nuevas directivas de contratación pública, hay que tener presente '''otras normas de este rango''' que regulan y afectan a la contratación pública:</span>
<span style="line-height: 1.5"> Además de las directivas, la Comisión Europea ha formulado '''comunicaciones''' relativas a la contratación pública. Con esos actos jurídicos atípicos la Comisión Europea explícita su opinión sobre determinadas problemáticas europeas o internacionales. Su ámbito de aplicación es general, pero no tienen efecto vinculante. </span>
<span style="line-height: 1.5"> Además de directivas y comunicaciones, la Comisión ha elaborado '''libros verdes sobre contratación pública'''. Un '''[/[El+libro+verde+la+contrataci%C3%B3n+p%C3%BAblica+electr%C3%B3nica. contratación pública electrónica|libro verde]]''' tiene por objetivo estimular una reflexión a nivel europeo sobre un tema concreto, invitando a las partes interesadas (organismos y particulares) a participar en un proceso de consulta y debate sobre las propuestas que presentan).</span>
<span style="line-height: 1.5"> En definitiva, en el año 2014, se publicaron cuatro directivas que afectan a la contratación pública:</span>
* '''[http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:JOL_2014_094_R_0243_01&from=ES Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE]'''.
* '''[http://www.boe.es/doue/2014/133/L00001-00011.pdf Directiva 2014/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a la facturación electrónica en la contratación pública]'''.
 
==={{T3|3.2.3. La contratación pública es una herramienta clave en la gestión pública}}===
<span style="line-height: 1.5">Los gestores públicos, políticos y técnicos, de la contratación pública de<span style="line-height: 1.5">ben tener presente que la misma es una '''herramienta clave para diseñar y ejecutar políticas públicas de “investigación y desarrollo (I+D)”, “de empleo y ocupación laboral”, “medioambientales”'''..., es más según dice la '''[http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:JOL_2014_094_R_0065_01&from=ES Directiva 2014/24/UE sobre Contratación Pública]''':</span></span>
* ''que la persona jurídica controlada dedique '''más del 80 %''' de sus actividades al ejercicio de funciones que le hayan sido asignadas por el poder adjudicador que la controla o por otras personas jurídicas controladas por dicho poder adjudicador, independientemente de quién sea el beneficiario de la ejecución del contrato”''.
==={{T3|3.2.56. Novedades en el ámbito objetivo: La nueva directiva de concesiones}}===
<span style="line-height: 1.5">Quizá la novedad en el ámbito objetivo más evidente sea la aparición de la '''[http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:JOL_2014_094_R_0001_01&from=ES Directiva 2014/23/UE]''' del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 relativa a la adjudicación de '''contratos de concesión'''.</span>
==={{T3|3.2.9. Más procedimientos negociados con publicidad y mejor hechos}}===
<span style="line-height: 1.5">{{T_BG_COLOR|lightgreen|Las instituciones de la Unión Europea quieren que se tramiten más procedimientos negociados. Según la Directiva: }}<br /span><span style="line-height: 1.5"> {{T_BG_COLOR|lightgreen|''“Es realmente necesario que los poderes adjudicadores gocen de mayor flexibilidad a la hora de elegir un procedimiento de contratación pública que prevea negociaciones. Un mayor recurso a dichos procedimientos también incrementaría probablemente }} el comercio transfronterizo, ya que la evaluación ha mostrado que los contratos adjudicados mediante procedimiento negociado con publicación previa son obtenidos en un número especialmente elevado de ocasiones por ofertas transfronterizas”.''</span>
<span style="line-height: 1.5"> En consecuencia, habrá que tramitar más procedimientos negociados y '''hacerlo, como regla general, con publicidad'''. </span>
<span style="line-height: 1.5"> En el proceso de elaboración de la nuevas Directivas y en lo que nos atañe, la contratación pública electrónica, se elaboraron dos libros verdes en relación a la contratación pública electrónica: </span>
* '''[/[El+libro+verde+la+contrataci%C3%B3n+p%C3%BAblica+electr%C3%B3nica. contratación pública electrónica|Libro Verde sobre la generalización del recurso a la contratación pública electrónica en la UE]] de 18 octubre de 2010 y'''
* '''[http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2011:0015:FIN:ES:PDF Libro Verde sobre la modernización de la política de contratación pública de la UE - Hacia un mercado europeo de la contratación pública más eficiente], de 27 de enero de 2011.'''
<span style="line-height: 1.5"> A la vista de las ideas y sugerencias formuladas en los libros verdes, la nueva directiva ha optado por impulsar la implantación de la tecnología de la información y las comunicaciones en la gestión de la contratación pública.</span>
<span style="display: block; text-align: justify">Posteriormente y a través de la '''[https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-13722-consolidado.pdf Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público]''' se introducen nuevas modificaciones en materia de Clasificación, aunque fue preciso su desarrollo reglamentario para su entrada en vigor a través del '''[http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-9607 Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto]'''.</span><span style="display: block; text-align: justify">
</span><span style="display: block; text-align: justify"><span style="font-size: 1.1em; line-height: 1.5">'''={{T3|4.1.3. Nulidad de las ventajas para las empresas que hayan contratado previamente con la Administración Pública.'''</span></span><span style}}==="display: block; text-align: justify"></span>
<span style="line-height: 1.5"> Aparece un nuevo apartado en el '''[https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231&vd=#a32 artículo 32 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre]''', que declara nulas <span style="line-height: 1.5">«d): "</span>''Todas aquellas disposiciones, actos o resoluciones emanadas de cualquier órgano de las Administraciones Públicas que otorguen, de forma directa o indirecta, ventajas a las empresas que hayan contratado previamente con cualquier Administración''»</span>
* ''<span style="line-height: 1.5">"Las Administraciones Públicas y demás entes públicos contratantes podrán comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de los contratos públicos, calificados como tales en el artículo 5, han de hacer a todos los subcontratistas que participen en los mismos.</span>''
* ''<span style="line-height: 1.5">En tal caso, los contratistas adjudicatarios remitirán al ente público contratante, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud del ente público contratante justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación. Estas obligaciones, que se incluirán en los anuncios de licitación y en los correspondientes pliegos de condiciones o en los contratos, se consideran condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se contengan en los pliegos.»</span>''
<span style="display: block; text-align: center"></span><span style="line-height: 1.5"><div class{{Cuadro_PDF|titulo="objectEmbed">[/file/view/Ley%2014-2013%20Emprendedores.pdf/493975774/Ley%2014-2013%20Emprendedores.pdf [[Image:pdf.png|32px|Ley 14-2013 Emprendedores.pdf]]]<div>[/file/view/Ley%2014-2013%20Emprendedores.pdf/493975774/Ley%2014-2013%20Emprendedores.pdf |archivo=Ley 14-2013 Emprendedores.pdf] * [/file/detail/Ley%2014-2013%20Emprendedores.pdf Details]* [/file/view/Ley%2014-2013%20Emprendedores.pdf/493975774/Ley%2014-2013%20Emprendedores.pdf Download]* 2 MB</div></div></span>}}
<span style="font-size: 1.3em; line-height: 1.5"> '''={{T2|4.2. Ley de racionalización de la administración local.'''</span>}} ==
<span style="line-height: 1.5"> Esta '''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-13756-consolidado.pdf Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local]''' establece s<span style="line-height: 1.5">obre la contratación, contratación electrónica y las centrales de compras provinciales:</span></span>
* '''/[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-13756&tn=1&p=20160715#aprimero Artículo 1 número trece]'''. Se modifica el artículo 36 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local , que queda redactado de la siguiente forma:
** ''"'''1. Son competencias propias de la Diputación o entidad equivalente las que le atribuyan en este concepto las leyes del Estado y de las Comunidades 22 Autónomas en los diferentes sectores de la acción pública y, en todo caso, las siguientes:... g) La prestación de los servicios de Administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes."'''''
<span style="line-height: 1.5"><div class{{Cuadro_PDF|titulo="objectEmbed">[/file/view/Ley%2027-2013%20racionalizaci%C3%B3n%20Ad%20Local.pdf/493976150/Ley%2027-2013%20racionalizaci%C3%B3n%20Ad%20Local.pdf [[Image:pdf.png|32px|Ley 27-2013 racionalización Ad Local.pdf]]]<div>[/file/view/Ley%2027-2013%20racionalizaci%C3%B3n%20Ad%20Local.pdf/493976150/Ley%2027-2013%20racionalizaci%C3%B3n%20Ad%20Local.pdf |archivo=Ley 27-2013 racionalización Ad Local.pdf] * [/file/detail/Ley%2027-2013%20racionalizaci%C3%B3n%20Ad%20Local.pdf Details]* [/file/view/Ley%2027-2013%20racionalizaci%C3%B3n%20Ad%20Local.pdf/493976150/Ley%2027-2013%20racionalizaci%C3%B3n%20Ad%20Local.pdf Download]* 669 KB</div></div></span>}}
<span style="font-size: 1.3em; line-height: 1.5"> '''4.3. Ley de facturación electrónica.'''</span>
* <span style="font-size: 1em; line-height: 1.5; vertical-align: baseline">''En relación a los contratos de servicios, se reduce significativamente el número de subgrupos ('''<span style="font-size: 1em; vertical-align: baseline">pasando de 72 a 29</span>'''), si bien también se establece una tabla de correspondencia entre subgrupos de clasificación y códigos CPV, con lo que los subgrupos suprimidos pasaran a integrarse en otros subsistentes.''</span>
* <span style="font-size: 1em; line-height: 1.5; vertical-align: baseline">''Se habilita al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas para actualizar, tanto la relación de subgrupos de clasificación como la correspondencia entre éstos y los códigos CPV en cada momento vigentes".''</span>
 
={{T1|5. Normas actualmente en tramitación}}=
 
<span style="line-height: 1.5">Actualmente hay una norma en tramitación:</span>
 
* <span style="line-height: 1.5">'''[http://contratacionpublica.wikispaces.com/Proyecto+de+ley+de+contratos+del+Sector+P%C3%BAblico. Proyecto de ley de contratos del Sector Público en transposición de las nuevas directivas de contratación pública]'''.</span>
={{T1|{{T1|6. Recursos}}}=
 
={{T1|6. Recursos}}=
<span style="line-height: 1.5"> '''BIBLIOGRAFÍA - PRESENTACIONES - FOROS'''</span>
 
 
* '''[http://www.obcp.es/admin.php/mod.documentos/mem.descargar/fichero.documentos_4_GENERACION_DIRECTIVAS_EUROPEAS_d2aab9d0%232E%23pdf/chk.38f2baf8230979869b66f205d827bb47 El nuevo proceso de reforma de la Legislación sobre contratos públicos impulsado por la Unión Europea. José Antonio Moreno Molina. Congreso sobre "Nuevos retos de la Contratación Pública. Cuenca, enero 2013.]'''
* '''<span style="line-height: 1.5">''"La constante e interminable reforma de la normativa sobre contratación pública"''</span>'''<span style="line-height: 1.5"> de D. Juan Alfonso Santamaría Pastor.Catedrático de Derecho Administrativo. Letrado de las Cortes Generales.</span>
* '''<span style="line-height: 1.5">[http://www.uria.com/documentos/publicaciones/4272/documento/e11.pdf?id=5464 La nueva Directiva Clásica de Contratación Pública - Ana María Sabiote Ortiz. Revista Actualidad Jurídica Uría Menéndez, nº 27.]</span>'''
* '''La transposición de las nuevas Directivas de contratos: tendencias de reforma de la legislación contractual. Seminario Internacional sobre Contratación Pública. Pública. Madrid 15 y 16 de diciembre de 2014. Elena Hernáez.'''
<span style="line-height: 1.5"><div class{{Cuadro_PDF|titulo="objectEmbed">[/file/view/7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez%20%281%29.pdf/577896445/7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez%20%281%29.pdf [[Image:pdf.png|32px|7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez (1).pdf]]]<div>[/file/view/7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez%20%281%29.pdf/577896445/7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez%20%281%29.pdf 7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez (1).pdf] * [/file/detail/7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez%20%281%29.pdf Details]* [/file/view/7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez%20%281%29.pdf/577896445/archivo=7-TACP_Madrid_Elena_Hernaez%20%281%29.pdf Download]* 374 KB</div></div></span>}}
* '''<span style="line-height: 1.5">El Sistema de Recursos Contractuales en España a la luz de las Nuevas Directivas sobre contratación Pública. </span>''''''<span style="line-height: 1.5">Seminario Internacional sobre Contratación Pública. Pública. Madrid 15 y 16 de diciembre de 2014. Juan José Pardo García-Valdecasas.</span>'''
<span style="line-height: 1.5"><div class{{Cuadro_PDF|titulo="objectEmbed">[/file/view/5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf/577896639/5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf [[Image:pdf.png|32px|5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf]]]<div>[/file/view/5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf/577896639/5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf 5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf] * [/file/detail/5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf Details]* [/file/view/5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf/577896639/archivo=5-Ponencia_pardo_garcia_valdecasas.pdf Download]* 569 KB</div></div></span>}}
* '''<span style="line-height: 1.5">La Reforma Comunitaria en materia de Contratos Públicos y su incidencia en la Legislación Española. Una visión desde la perspectiva de la integridad. M. Gimeno Feliu. Ponencia AEPDA. Madrid, febrero de 2015.</span>'''
<span style="line-height: 1.5"><div class{{Cuadro_PDF|titulo="objectEmbed">[/file/view/Prof.%20Gimeno%20Feliu-reforma%20comunitaria.pdf/577896901/Prof.%20Gimeno%20Feliu-reforma%20comunitaria.pdf [[Image:pdf.png|32px|Prof. Gimeno Feliu-reforma comunitaria.pdf]]]<div>[/file/view/Prof.%20Gimeno%20Feliu-reforma%20comunitaria.pdf/577896901/Prof.%20Gimeno%20Feliu-reforma%20comunitaria.pdf |archivo=Prof. Gimeno Feliu-reforma comunitaria.pdf] * [/file/detail/Prof.%20Gimeno%20Feliu-reforma%20comunitaria.pdf Details]* [/file/view/Prof.%20Gimeno%20Feliu-reforma%20comunitaria.pdf/577896901/Prof.%20Gimeno%20Feliu-reforma%20comunitaria.pdf Download]* 620 KB</div></div></span>}}
* '''La Nueva Directiva de Concesiones. Un largo viaje con final esperado. Francisco L. Hernández González. Ponencia AEPDA. Madrid, febrero de 2015.'''
<span style="line-height: 1.5"><div class{{Cuadro_PDF|titulo="objectEmbed">[/file/view/Prof.%20Hern%C3%A1ndez%20Gonz%C3%A1lez-concesiones.pdf/577897019/Prof.%20Hern%C3%A1ndez%20Gonz%C3%A1lez-concesiones.pdf [[Image:pdf.png|32px|Prof. Hernández González-concesiones.pdf]]]<div>[/file/view/Prof.%20Hern%C3%A1ndez%20Gonz%C3%A1lez-concesiones.pdf/577897019/Prof.%20Hern%C3%A1ndez%20Gonz%C3%A1lez-concesiones.pdf |archivo=Prof. Hernández González-concesiones.pdf] * [/file/detail/Prof.%20Hern%C3%A1ndez%20Gonz%C3%A1lez-concesiones.pdf Details]* [/file/view/Prof.%20Hern%C3%A1ndez%20Gonz%C3%A1lez-concesiones.pdf/577897019/Prof.%20Hern%C3%A1ndez%20Gonz%C3%A1lez-concesiones.pdf Download]* 632 KB</div></div></span>}}
* '''<span style="line-height: 1.5">La Modificación de los Contratos en la Cuarta Generación de Directivas sobre contratación Pública. Isabel Gallego Córcoles. </span>Ponencia AEPDA. Madrid, febrero de 2015.'''
<span style="line-height: 1.5"><div class{{Cuadro_PDF|titulo="objectEmbed">[/file/view/Ponencia%20Prfa.%20Gallego%20C%C3%B3rcoles-modificaciones%20de%20contratos.pdf/577897111/Ponencia%20Prfa.%20Gallego%20C%C3%B3rcoles-modificaciones%20de%20contratos.pdf [[Image:pdf.png|32px|Ponencia Prfa. Gallego Córcoles-modificaciones de contratos.pdf]]]<div>[/file/view/Ponencia%20Prfa.%20Gallego%20C%C3%B3rcoles-modificaciones%20de%20contratos.pdf/577897111/Ponencia%20Prfa.%20Gallego%20C%C3%B3rcoles-modificaciones%20de%20contratos.pdf |archivo=Ponencia Prfa. Gallego Córcoles-modificaciones de contratos.pdf] * [/file/detail/Ponencia%20Prfa.%20Gallego%20C%C3%B3rcoles-modificaciones%20de%20contratos.pdf Details]* [/file/view/Ponencia%20Prfa.%20Gallego%20C%C3%B3rcoles-modificaciones%20de%20contratos.pdf/577897111/Ponencia%20Prfa.%20Gallego%20C%C3%B3rcoles-modificaciones%20de%20contratos.pdf Download]* 840 KB</div></div></span>}}
* '''[http://www.castillalamancha.es/sites/default/files/documentos/pdf/20160126/comentario_a_las_nuevas_directivas_europeas_en_materia_de_contratacion_publica.pdf COMENTARIO A LAS NUEVAS DIRECTIVAS EUROPEAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (I)]'''. Jerónimo Martínez García. Secretario General del Ayuntamiento de Toledo y Ana Isabel Elez Gómez. Jefa de Servicio de Contratación y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha. Revista GABILEX - marzo de 2015.
* DOCUMENTO DE LOS TRIBUNALES DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ('''02/03/2016''') '''[http://www.obcp.es/index.php/mod.documentos/mem.descargar/fichero.documentos_Documento_final__ESTUDIO_aplicacion_directa_de_las_Directivas_b43ec509%232E%23pdf/chk.a1819767e7f5371f26dd16ff0f1edcf3 LOS EFECTOS JURÍDICOS DE LAS DIRECTIVAS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ANTE EL VENCIMIENTO DEL PLAZO DE TRANSPOSICIÓN SIN NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.]'''
* '''[http://economia.gencat.cat/es/70_ambits_actuacio/contractacio_publica/junta_consultiva_de_contractacio_administrativa/informes_recomanacions_instruccions_acords_i_altra_documentacio/cercador_d_informes/#/detail?id=1296 Informe 1/2016, de 6 de abril, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalitat de Catalunya. Contenidos de la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, que tienen que ser de aplicación directa a partir del día 18 de abril de 2016, fecha en que finaliza el plazo para su transposición. Breve referencia a la aplicación directa de la Directiva 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión.]'''
<span style{{Cuadro_PDF|titulo="line-height: 1.5"><div class="objectEmbed">[/file/view/CATALU%C3%91A%20Informe%201-2016-CP-cast.pdf/609586809/CATALU%C3%91A%20Informe%201-2016-CP-cast.pdf [[Image:pdf.png|32px|CATALUÑA Informe 1-2016-CP-cast.pdf]]]<div>[/file/view/CATALU%C3%91A%20Informe%201-2016-CP-cast.pdf/609586809/CATALU%C3%91A%20Informe%201-2016-CP-cast.pdf |archivo=CATALUÑA Informe 1-2016-CP-cast.pdf] * [/file/detail/CATALU%C3%91A%20Informe%201-2016-CP-cast.pdf Details]* [/file/view/CATALU%C3%91A%20Informe%201-2016-CP-cast.pdf/609586809/CATALU%C3%91A%20Informe%201-2016-CP-cast.pdf Download]* 397 KB</div></div></span>}}
<span style="line-height: 1.5"> '''OTROS RECURSOS''' </span>
* '''[https://social.inap.es/comunidad/contrataci%C3%B3n-p%C3%BAblica-electr%C3%B3nica/noticias/jornada-contrataci%C3%B3n-p%C3%BAblica-la-diputaci%C3%B3n-provincial-castell%C3%B3n Jornada de contratación pública en la Diputación Provincial de Castellón. Francisco Blanco y José María Gimeno Feliu],'''
<div style="margin-left{{#ev: auto; margin-right: auto; display: block; width: 560px; height: 315px"> </div>youtube|rfEKuIwNvWA}}
<span style="line-height: 1.5"> '''<span style="line-height: 1.5">Escola Galega de Administración Pública. Jornada sobre Transparencia y Eficiencia en Contratación Pública. 11 de marzo de 2015.</span>'''</span>
* '''FUTURO INMEDIATO DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN ESPAÑA Y LA UE'''. José Antonio Moreno Molina; Margarita Vento Torres; Miguel Ángel Bernal Blay; Jaime Domínguez-Macaya.
<div style="margin-left: auto; margin-right: auto; display: block; width: 560px; height: 315px"> </div>
 
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'''<span style="line-height: 1.5"><span style="line-height: 1.5">''La constante e interminable reforma de la normativa sobre contratación pública"''</span></span>'''<span style="line-height: 1.5"> de D. Juan Alfonso Santamaría Pastor.Catedrático de Derecho Administrativo. Letrado de las Cortes Generales.</span>
 
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<span style="line-height: 1.5">“</span><span style="line-height: 1.5">[http://www.cincodias.com/articulo/especiales/responsabilidad-social-publico/20111128cdsesp_3/ Responsabilidad social, aún más en lo público]</span><span style="line-height: 1.5">”, artículo ubicado en www.cincodías.com</span>
 
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<span style="line-height: 1.5">[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l2-2011.t4.html#df32 D.F. 32ª de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible]</span>
 
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<span style="line-height: 1.5">Consejo de Estado en su </span><span style="line-height: 1.5">[http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos_ce/doc.php?coleccion=ce&id=2010-499 dictamen de 29 de abril de 2010]</span><span style="line-height: 1.5">.</span>
* </span>{{#ev:youtube|rpMI08FcC78}}
={{T1|7. Notas al pie}}=# '''<span style="line-height: 1.5"><span style="line-height: 1.5">''La constante e interminable reforma de la normativa sobre contratación pública"''</span></span>'''<span style="line-height: 1.5"> de D. Juan Alfonso Santamaría Pastor.Catedrático de Derecho Administrativo. Letrado de las Cortes Generales.</span># <span style="line-height: 1.5">“</span><span style="line-height: 1.5">[http://www.cincodias.com/articulo/especiales/responsabilidad-social-publico/20111128cdsesp_3/ Responsabilidad social, aún más en lo público]</span><span style="line-height: 1.5">”, artículo ubicado en www.cincodías.com</span># <span style="line-height: 1.5">[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l2-2011.t4.html#df32 D.F. 32ª de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible]</span># <span style="line-height: 1.5">Consejo de Estado en su </span><span style="line-height: 1.5">[http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos_ce/doc.php?coleccion=ce&id=2010-499 dictamen de 29 de abril de 2010]</span><span style="line-height: 1.5">.</span># '''<span style="line-height: 1.5"><span style="line-height: 1.5"><span style="line-height: 1.5"><span style="line-height: 1.5">''"Una aproximación al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público”''</span></span></span></span>'''<span style="line-height: 1.5">, de José Antonio Moreno Molina, catedrático de Derecho Administrativo de la UCLM y Director de la Revista "Contratación Administrativa Práctica.</span><!-- Normas que integró el Texto Refundido --># '''Normas que integró el Texto Refundido'''#:<div style="margin-left:0cm;margin-right:0cm;"><span style="color:#000000;">En el TRLCSP se procedió a integrar en un texto único todas las modificaciones introducidas a la&nbsp;</span>[http://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-18874-consolidado.pdf Ley 30/2007]<span style="color:#000000;">, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, a través de diversas leyes modificatorias de la misma, que han dado una nueva redacción a determinados preceptos o han introducido nuevas disposiciones. Dichas Leyes son las siguientes:</span></div>#:# <div style="margin-left:0cm;margin-right:0cm;">[http://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-5879-consolidado.pdf Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo]<span style="color:#000000;"><nowiki>;</nowiki></span></div>#:# [http://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-8228-consolidado.pdf Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público]<span style="color:#000000;"><nowiki>;</nowiki></span>#:# [http://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-10707-consolidado.pdf Ley 14/2010, de 5 de julio, de infraestructuras y los servicios de información geográfica en España]<span style="color:#000000;"><nowiki>;</nowiki></span>#:# [http://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-10708-consolidado.pdf Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales]<span style="color:#000000;"><nowiki>;</nowiki></span>#:# [http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-12765 Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para adaptación a la normativa comunitaria de las dos primeras]<span style="color:#000000;"><nowiki>;</nowiki></span>#:# [http://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-14301-consolidado.pdf Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo]<span style="color:#000000;"><nowiki>;</nowiki></span>#:# [http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-4117-consolidado.pdf Ley 2/2011, de 4 de marzo, de 4 de marzo, de Economía Sostenible]<span style="color:#000000;"><nowiki>;</nowiki></span>#:# [http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-7972-consolidado.pdf Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas]<span style="color:#000000;"><nowiki>;</nowiki></span>#:# [http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-13239-consolidado.pdf Ley 24/2011, de 1 de agosto, de Contratos del Sector Público en los ámbitos de la Defensa y la Seguridad]<span style="color:#000000;">,'''</span>#:# [http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-13241-consolidado.pdf Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad]<span style="color:#000000;">.</span><!-- Normas que NO integró el Texto Refundido --># '''Normas que no integró el Texto Refundido''' #:<div style="color:#000000;margin-left:0cm;margin-right:0cm;">No se integra y se mantiene como regulación separada:</div>#:# <div style="margin-left:0cm;margin-right:0cm;"><span style="color:#000000;">La&nbsp;</span>[http://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-18875-consolidado.pdf Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales]<span style="color:#000000;">&nbsp;y</span></div>#:# <span style="color:#000000;">La</span>[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-13239-consolidado.pdf Ley 24/2011, de 1 de agosto, de Contratos del Sector Público en los ámbitos de la defensa y la seguridad]<span style="color:#000000;">, mediante la cual se incorpora al ordenamiento jurídico español la&nbsp;</span>[http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2009-81486 Directiva 2009/81/CE]<span style="color:#000000;">.</span>#:<div style="color:#000000;margin-left:0cm;margin-right:0cm;">Esta última disposición incorpora al Texto refundido algunas modificaciones que introduce en la Ley 30/2007, pero no queda integrada en el texto actualmente en vigor.</div><!-- Normas que derogó --># '''Normas que derogó'''#:<div style="color:#000000;margin-left:0cm;margin-right:0cm;">Y se derogan expresamente, además todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la misma, las siguientes:</div>#:# <div style="margin-left:0cm;margin-right:0cm;"><span style="color:#000000;">La&nbsp;</span>[http://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-18874-consolidado.pdf Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público]</div>#:# <span style="color:#000000;">El&nbsp;</span><span style="color:#000000;">'''Capítulo IV del Título V del Libro II'''</span><span style="color:#000000;">, comprensivo de los&nbsp;</span><span style="color:#000000;">'''artículos 253 a 260'''</span><span style="color:#000000;">, ambos inclusive, del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por&nbsp;</span>[http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2000-11533 Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio]<span style="color:#000000;">,'''</span><span style="color:#000000;">&nbsp;que hasta esa fecha se mantenía vigente.</span>#:# <span style="color:#000000;">La disposición adicional séptima de la&nbsp;</span>[http://www.boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-10463-consolidado.pdf Ley 13/2003, de 23 de mayo]<span style="color:#000000;">, Reguladora del contrato de Concesión de Obras Públicas.</span>#:# <span style="color:#000000;">El artículo 16 del&nbsp;</span>[http://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-8228-consolidado.pdf Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público]<span style="color:#000000;">.</span>#:# <span style="color:#000000;">Los artículos 37 y 38 de la&nbsp;</span>[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-4117-consolidado.pdf Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible]<span style="color:#000000;">.</span>#:<div style="margin-left:0cm;margin-right:0cm;"><span style="color:#000000;">En opinión del profesor J</span><span style="color:#000000;">'''osé Antonio Moreno Molina'''</span><span style="color:#000000;">&nbsp;</span><span style="color:#000000;">:&nbsp;</span><span style="color:#000000;">''“</span><span style="color:#000000;">la refundición es, pues, positiva, en cuanto dota de mayor seguridad jurídica, al confluir distintas disposiciones en un solo texto. Pero tiene el inconveniente de alterar la numeración de los artículos y, por tanto, introducir confusión en las citas jurisprudenciales y doctrinales”.''</span></div>
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