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La transparencia en la contratación pública

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{{T2|4.5. Publicidad activa y derecho de acceso}}
=={{T2|4.5. Publicidad activa y derecho de acceso}}==
Cuenta Manuel Villoria en página 9 de la guía '''''[http://transparencia.gencat.cat/web/.content/pdfs/governobert_1_es.pdf La publicidad activa en la ley de transparencia, acceso a la información y buen gobierno: posibilidades e insuficiencias]''''' cuáles son las diferencias entre la publicidad activa y el derecho de acceso. Según cuenta se diferencian en:
* ''<span style="line-height: 1.5">"'''la actitud de los poderes públicos a la hora de aportar datos a la ciudadanía'''.</span>''
* ''<span style="line-height: 1.5"> La publicidad activa, con datos reutilizables y fuerte interoperatividad, es la vía más adecuada para generar transparencia en estos comienzos del siglo XXI"</span>''
=={{T2|4.6. '''¿Cómo ha de publicarse la información?'''}}==
Según cuenta en la página 60: ''"..., la información ha de publicarse:''

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