Resumen del impuesto de Transmisiones de Vehículos
Resumen del impuesto de TPO-AJD para VEHÍCULOS
Normativa
Real Decreto Legislativo 1/1993, del 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
Real Decreto 828/1995, del 29 de mayo, por el que se aprueba el reglamento del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
Orden HFP/1442/2021, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (VALORES 2022)
El impuesto agrupa los siguientes impuestos:
Impuesto sobre Operaciones Societarias
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados - Documentos notariales
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados - Documentos mercantiles
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas
RESUMENImpuesto sobre Operaciones Societarias
Hecho imponible:
a) Constitución, aumento de capital, fusión, escisión, cambio de sede, etc (el sujeto pasivo sería la SOCIEDAD)
b) Disolución, reducción de capital, etc (el sujeto pasivo serían los SOCIOS o PARTÍCIPES)
Competencia: según el domicilio fiscal de la sociedad
Plazo: 1 mes + telemático obligatoriamente
Modelo Autoliquidación: modelo 600
Tipo: 1%
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados - Documentos notariales
Hecho imponible: Instar un documento notarial, siempre que además se cumpla todo lo siguiente
1) Sea la 1ª copia
2) Sea cobre cosa valuable
3) Sea inscribible en un Registro
4) No esté sujeta a ISD, TPO u OS
Competencia: aquella en cuya circunscripción radique el registro
Plazo: 1 mes
Modelo Autoliquidación: modelo 600
Tipo: 1,5%
Notas:
Incompatibilidad entre AJD y TPO (pero no entre IVA y AJD en compra de inmuebles)
Préstamos hipotecarios (tributarían IVA, pero están exentos) -> compatible con AJD, siendo el prestamista el obligado
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados - Documentos mercantiles
Hecho imponible: envío de cheques, recibos, pagarés (610) + giros (615) + letras de cambio (630)
Competencia: ATRIGA, siempre que exista un autorización según Orden Ministerio de Hacienda de 12 de noviembre de 2001
La presentación es obligatoriamente telemática
Plazo y Modelo Autoliquidación:
En los 20 primeros días naturales del mes
Modelo 610 para los documentos admitidos a cobranza del mes anterior
Modelo 615 para los documentos de cobro emitidos el mes anterior
En 1 mes desde la emisión de la letra de cambio, con Modelo 630
Tipo: ¿? %
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas
Hecho imponible: adquisición de bienes y derechos "inter vivos" (incluye arrendamientos, préstamos, fianzas, etc), siempre por un particular, pues en caso contrario estaría sujeto a IVA
Competencia: según modalidad
Para inmuebles: la competencia es de la oficina correspondiente según el lugar en donde radiquen estos inmuebles
Para el resto de casos, en general la competencia viene determinada por el domicilio fiscal del ADQUIRIENTE
Plazo: El plazo general es de 1 mes, salvo en estos supuestos:
a) Consolidación de dominio -> plazo de 6 meses desde el fallecimiento)
b) Acumulación de bienes muebles por empresarios (no vehículos) -> puede presentarse al mes siguiente
Modelo Autoliquidación: modelo 600
Tipo:
9% para inmuebles
8% para muebles y semimovientes
1% para préstamos, créditos y fianzas
Notas: incompatible con IVA
Consultas de NIVEL 1 (Fácil)
Son consultas recurrentes que se contestan de modo automático
Ámbito de aplicación
Consultas de NIVEL 2 (Medio)
Son consultas que requiere un poco de análisis del caso particular, que pueden requerir la consulta de la norma o de las guías, pero que se pueden contestar ese momento.
Explicar beneficios fiscales
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Consultas de NIVEL 3 (Difícil)
Son consultas que, por su particularidad, casi nunca se van a poder finalizar o resolver en la primera llamada, bien porque requieren analizar consutlas vinculantes, criterios, o bien porque requieren ser consultadas con otra oficina o con un superior
Cuando se eleve una consulta a Nivel 3, se deben anotar todos los datos de la consulta junto con el teléfono de contacto del contribuyente y enviar un correo a informacion.asistencia.vigo@atriga.es con el asunto Consulta de Nivel 3