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ATRIGA - Gestión VEH

Revisión del 12:48 10 oct 2022 de Dgomezl (discusión | contribuciones) ({{T2|Trámite de audiencia}})


Sumario

Resumen del impuesto de Transmisiones de Vehículos


  Resumen del impuesto de TPO-AJD para VEHÍCULOS

  • Normativa
    • Real Decreto Legislativo 1/1993, del 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
    • Real Decreto 828/1995, del 29 de mayo, por el que se aprueba el reglamento del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
    • Orden HFP/1442/2021, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (VALORES 2022)


  • RESUMEN Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (Vehículos y embarcaciones)
    • Hecho imponible: adquisición de vehículos o embarcaciones "inter vivos" (incluye arrendamientos, préstamos, fianzas, etc), siempre por un particular, pues en caso contrario estaría sujeto a IVA
    • Competencia: viene determinada por el domicilio fiscal del ADQUIRIENTE
    • Plazo: 1 mes
    • Modelo Autoliquidación: modelo 620
    • Documentación: contrato de compra, ficha técnica y permiso de circulación
    • Tipo: 8%, aunque se establece una cuota fija para turismos de 15 años o más en función de su cilindrada. Se aplica el 1% en caso de embarcaciones y sus motores



Resumen del procedimiento


  Procedimiento de gestión de vehículos

  1. Presentación de autoliquidaciones (Modelo 620), ya sea de forma presencial o telemática
  2. Comprobaciones y generación de paralelas (en su caso)
    a. Si todo está correcto, se cierra el expediente FIN
    b. Si no todo está correcto, generamos la paralela en Xeito
    i. Si no todo está correcto, pero la paralela se genera por el recargo correspondiente a la presentación fuera de plazo, se da de baja la paralela y se cierra igualmente FIN
    ii. Si no todo está correcto, pero la paralela resultante es inferior a ¿? €, se da de baja la paralela y se cierra igualmente FIN
  3. Trámite de audiencia
    a. Primero ponemos en Xeito el estado correspondiente
    b. Generamos el escrito de trámite de audiencia, introduciendo como “motivación” el texto que corresponda según el año
    c. Enviamos a firma de nuestro superior el trámite de audiencia
    d. Una vez firmados, se enviarán a los destinatarios (transparente para nosotros)
    e. Si el primer envío es infructuoso, revisaremos las direcciones a las que se enviaron (las que figuraban como domicilio fiscal del sujeto pasivo) y las que rellenaron en el 620. Si hay otra dirección, se intenta un 2do envío y si no se envía a BOE para notificar
  4. Controlamos en Xeito las fechas de notificaciones para computar el plazo que tienen de alegaciones
    a. Si llegan alegaciones en plazo, las revisamos
    i. Si las estimamos, se da de baja la paralela y se cierra el expediente FIN
    ii. Si las desestimamos o vence el plazo sin recibirse alegaciones, continuamos
  5. Liquidación
    a. Si no estimamos las alegaciones o si no se presenta éstas, tenemos que enviarles la liquidación correspondiente:
    i. Primero ponemos en Xeito el estado correspondiente
    ii. Generamos el escrito de liquidación, introduciendo como “motivación” el texto que corresponda según el año y si hubo o no alegaciones
    iii. Enviamos a firma de nuestro superior la liquidación
    iv. Una vez firmados, se enviarán a los destinatarios (transparente para nosotros)
    v. Igual que antes, puede ser necesario un segundo envío o BOE
  6. Una vez notificada la liquidación, la tramitación ha terminado para nosotros FIN



Presentación de autoliquidaciones (Modelo 620)

Al tratarse de autoliquidaciones, el peso de esta fase recae sobre el propio sujeto pasivo. Así, si éste está obliago a relacionarse telemáticamente con la Administración (en aplicación del artítulo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), la presentación tendrá que ser obligatoriamente telemática y, en caso contrario, el sujeto pasivo podrá optar por la modalidad de presentación que desee.

La documentación que debe acompaár a la presentación es la siguiente:

  • Modelo 620 cumplimentado y liquidado
  • Ficha del vehículo
  • Contrato de compraventa entre particulares
  • Fotocopias de los DNIs de comprador y vendedora


  Particularidades en el caso de Caucionales

  • Los sujetos pasivos han de ser en este caso personas jurídicas, de modo que la presentación será necesariamente telemática
  • Entre la documentación que se debe adjuntar, debe constar la certificación de la AEAT relativa a la actividad económica desarrollada (compraventa de vehículos)



Comprobaciones y generación de paralelas (en su caso)

La comprobación de expedientes de vehículos tiene dos vertientes diferenciadas:

  • Comprobación de valores
    • En el caso de expedientes telemáticos y presenciales de particulares, la comprobación girará en torno a la valoración del propio vehículo según la orden de valoraciones vigente
    • Generaremos una paralela en estas situaciones:
      • Si se aplica un tipo impositivo distinto al que corresponde (8% para vehículos, 1% para embarcaciones)
      • Si se aplica una cuota fija cuando no corresponde (ver NOTA sobre vehículos y todoterrenos de más de 15 años de antigüedad)
      • Si se aplica el tipo impositivo correcto sobre una base imponible incorrecta (se ha utilizado el valor de las tablas del BOE cuando el valor del contrato es mayor o viceversa)
      • Si la valoración del vehículo que figura en las tablas es superior a la indicada en la autoliquidación


  • Comprobación limitada
    • En el caso de expedientes caucionales, puesto que se trata de presentaciones de profesionales del sector, se darán por buenos los datos de la autoliquidación inicial y únicamente se verificará si tienen derecho a la exención solicitada. Es decir, sólo vamos a comprobar si se revendió el vehículo en menos de un año.
    • Generaremos una paralela en estas situaciones:
      • No se ha vendido el vehículo en menos de un año desde su compra
      • Se ha enviado el vehículo al desguace sin revender antes de vencido el año (la venta al desguace no cumple con los requisitos para aplicar la exención)



Comprobación de valores (Presenciales o Telemáticas)

Comprobaremos que la valoración del vehículo en la autoliquidación se corresponde con lo que corresponde. Para ello, utilizaremos los datos de la ficha del vehículo o, alternativamente, los datos que Tráfico nos facilite para la matrícula correspondiente.

Empezamos entrando en el expediente para consultar la matrícula y los valores de la autoliquidación:

  • Xeito -> Perfil Xestión Xeral
  • GV Vehíuclos
  • 7. Consulta Liquidacións dun Expediente
  • Le damos al botón Mantem. Paralela y copiamos la matrícula


Si no disponemos de la ficha del vehículo para poder verificar su antigüedad, marca y modelo, recurriremos a Tráfico para consultar estos datos a través de la matrícula:

  • Abrimos otro Xeito -> Perfil Xestión Xeral
  • GV Vehíuclos
  • Vamos al 18. Consulta de Vehículos por Matrícula


Una vez conozcamos los datos del vehículo, comprobamos su valor fiscal y el valor declarado en el contrato

  • Buscamos en la tabla del BOE el modelo que se ajuste a los datos del vehículo (véase el apartado Obtención de una valoración)
  • Copiamos el Modelo concreto en la pantalla de Mantem. Paralela e introducimos el valor de la tabla, junto con los años de fabricación entre paréntesis)
  • Le damos al botón Alta y, si la liquidación generada es superior a la de la autoliquidación inicial, ya tenemos la paralela generada


  No generar paralelas cuando la base imponible comprobada coincida y únicamente exista una diferencia de valor por recargos



Comprobación limitada (Caucionales)

El procedimiento de comprobación limitada para expedientes caucionales se centra en verificar que se ha efectuado la reventa en menos de un año. En ese caso, la caucional que se aplicó tras su presentación con carácter provisonal se establecerá como definitiva y, en caso contario, se anulará y se generará una liquidación paralela.

El procedimiento es el siguiente:

  • Xeito -> Perfil Xestión Xeral
  • GV Vehíuclos
  • 20. Peche de caucionais de vehículos
  • Seleccionamos el ejercicio y filtramos por los expedientes que estén en estado Aberto
  • Con el botón gris ... del centro de la línea iremos a la pantalla de Tráfico (consulta por matrícula)


  • Si procede la paralela, hacemos lo siquiente:
    • Con el botón gris de la izquierda accederemos a la pantalla de liquidación del expediente
      Seleccionar la liquidación y pinchamos sobre Modif.
      Eliminamos la fecha de ingreso si se hubiera rellenado
      Cambiamos a la pestaña de liquidación y cambiamos el valor de la caucional de 1 a 3 (darle a F1 para ver las opciones) <- Anulada
      Pulsamos el botón Actualizar
      Ahora le damos al botón Volver y preparamos el documento de trámite de audiencia para su envío


  • Si no procede la paralela, hacemos lo siquiente:
    • Con el botón gris de la izquierda accederemos a la pantalla de liquidación del expediente
      Seleccionar la paralela y pinchamos sobre Modif.
      Eliminamos la fecha de ingreso si se hubiera rellenado
      Cambiamos a la pestaña de liquidación y cambiamos el valor de la caucional de 1 a 2 (darle a F1 para ver las opciones) <- Definitiva
      Pulsamos el botón Actualizar
      Volvemos a la pantalla de 20. Peche de caucionais de vehículos e introducimos una E (Peche por exento e non suxeito) en el cuadro de la derecha
      Pulsamos el botón Actualizar y el expediente quedará cerrado (también se puede cerrar el expediente desde la pantalla habitual de gestión de expedientes)



Trámite de audiencia

  • Xeito -> Perfil Xestión Xeral
  • GV Vehíuclos
  • 7. Consulta Liquidacións dun Expediente
  • Seleccionamos la línea de la paralela que ya habremos generado (ver [[#Comprobaciones y generación de paralelas (en su caso)|apartado anterior) y le damos al botón Manten. Paralela
    • a) Cubrimos los siguientes campos:
      • Trámite de Audiencia: CT (Con Trámite)
      • Para caucionales -> Procedemento de: Inicio de comprobación limitada
      • Para telemáticas y presenciales -> Procedemento de: Inicio de comprobación de valores
      • Le damos al botón Modific.
      b) Ahora pulsamos sobre el botón Cont.Doc.
      d) Marcamos el documento y le damos al botón Xestión Docum.
      • Marcamos en el detalle del documento que Motivación y después pulsamos en Agregar para introducir el texto de la motivación.
      • Ver Textos para motivaciones y copiar el que corresponda
      e) Tras Confirmar, volvemos a la pantalla anterior y hacemos el envío a firma pulsando sobre Envío



Gestión de alegaciones

Comprobamos que existan alegaciones y las revisamos en APORTA.

  • Si hay alegaciones y se estiman:
    • Damos de baja la paralela y cerramos el expediente
  • Si no hay alegaciones o se desestiman:
    • Mantem. Paralela
      • Clave "SA" (sin alegaciones) o "CA" (con alegaciones)
      • ¿Comprobamos valor?
    • Xuros Demora -> Introducimos la fecha del día actual para que actualice el cálculo correspondiente
    • Control Doc.
      • Xestión Doc. -> Introducimos la motivación pertinente (ver .doc o incluir a la anterior la coletilla Polo que procede a súa liquidación)
      • Envíar a firma en su caso



Notificación de liquidaciones



Procedimientos comunes

Obtención de una valoración

  • Xeito
    • PENDIENTE DE DOCUMENTAR!
 

  • Vía web -> pinchar sobre el enlace de la OV Tributaria - Servicio de Valoración de Vehículos usados
    • Es muy importante tener a mano el permiso de circulación del vehículo delante para poder hacer la valoración, pues hay que cubrir campos como la fecha de primera matriculación (B), fecha de matriculación del permiso (I), cilindrada (P.1) o potencia en KW[1] (P.2)
  • Manualmente


  Excel de ayuda para valoración vehículos usados (pestaña Orden HFP_1442_2021)

  Excel de ayuda para valoración motocicletas usadas (pestaña Orden HFP_1442_2021 y anteriores)


  Tabla de valoraciones de vehículos agrícolas usados (TRACTORES)


  TURISMOS y TODOTERRENOS de 15 años o más

La cuota tributaria es fija en estos casos:
  • 22 € -> Si cilindrada entre 1..1199 c.c.[2]
  • 38 € -> Si cilindrada entre 1200..1599 c.c.[3]



Cierre de expedientes eliminando la paralela

El procedimiento para el cierre de expedientes de vehículos con eliminación de paralela en el Departamento de Información es el siguiente:

  • Xeito -> Perfil Xestión Xeral
  • GV Vehíuclos
  • 7. Consulta liquidacións dun expediente
  • Sale 1 línea, que es lo declarado, y una segunda línea debajo con la liquidación paralela. Como ésta existe, no nos deja realizar el cierre de expediente directamente. Tenemos que hacer lo siguiente
    a) Seleccionar la paralela y pinchamos sobre Mantem. Paralela
    b) Pulsamos el botón Baixa y volvemos a la pantalla anterior dándole a Volver
    c) Cerramos el expediente (Xestión Exped -> Peche definitivo e Actualizar)



Reabrir un expediente cerrado por error

  • Desde el Xeito, en la sección de vehíuclos
  • Vamos al 12. Actualizar Táboa de Espera
  • Buscamos el expediente y marcamos la casilla Confirmar Actuación antes de darle al botón Reapertura



Comprobación de caucionales en Tráfico

Es necesario iniciar sesión para ver Comprobación de caucionales en Tráfico (los ejemplos contienen datos personales)


  1. La potencia en CV se obtiene de multiplicar la potencia en KW por 1.36
  2. Centímetros cúbicos (c.c.)
  3. Centímetros cúbicos (c.c.)