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→{{T2|3.2. No estar incurso en prohibición de contratar}}
=={{T2|3.2. No estar incurso en prohibición de contratar}}==
El segundo requisito de aptitud es que el licitador '''no esté [//[No+estar+incurso+en+ninguna+prohibici%C3%B3n+prohibición para+contratar+con+el+Sector+P%C3%BAblico. Público|incurso en una prohibición de contratar]], existiendo también ciertas condiciones especiales que impiden licitar.'''
==={{T3|3.2.1. Prohibiciones para contratar}}===