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ediciones
Cambios
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→{{T3|3.4.6. Libro IV}}
* <span style="line-height: 1.5">entes del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores, respecto de los cuales '''se mantienen las Instrucciones de Contratación, a pesar de que en algún Anteproyecto desaparecían las mismas''' (artículo 319).</span>
==={{T3|3.4.65. Libro IV}}===
* <span style="line-height: 1.5">Nueva regulación de la Mesa de contratación, de los órganos de contratación de las Entidades Locales, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, que pasa a denominarse Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado,</span>
* <span style="line-height: 1.5"> Obligación de remisión de información a efectos estadísticos y de fiscalización al Tribunal de Cuentas u órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma, así como a la Comisión Europea.</span>