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{{T1|1. Idea inicial sobre el trabajo colaborativo}}
={{T1|1. Idea inicial sobre el trabajo colaborativo}}=
El '''14 de junio de 2016''', en el seno del [[2º encuentro comunidad contratación pública electrónica del INAP SOCIAL| 2º encuentro presencial]] celebrado por la [https://social.inap.es/ comunidad de contratación pública (+electrónica) del INAP SOCIAL] se planteó la posibilidad de:
# '''Buscar''' un ''“asunto”'', un ''“problema”'' que afectara a muchas personas, y que tuviera mucha repercusión.
# '''Reclutar''' a miembros de la comunidad que voluntariamente quisieran trabajar de forma colaborativa en la resolución del problema.
''Por otro lado, tenemos '''una oportunidad ideal''' para dar un salto cualitativo importante en el funcionamiento de la comunidad (no sólo el número de miembros importa), generando y asentando un sentimiento de pertenencia, mediante la creación, de forma colaborativa, de un trabajo que redunde en beneficio de sus miembros.''
''El pasado 2 de diciembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales [[Proyecto de ley de contratos del Sector Público.|el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público]], por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.'' ''La Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas tiene competencia legislativa plena y la tramitación del proyecto es de urgencia. Previsiblemente, en los próximos meses tendremos aprobada y publicada una nueva Ley de Contratos del Sector Público que, según parece:''
* ''“... '''presenta una estructura artificiosa y compleja cuyo manejo y comprensión resulta ardua para el avezado en las materias de contratación pública y extraordinariamente difícil para quien no lo está''', en detrimento incluso, en ocasiones, de la seguridad jurídica”, en palabras del Consejo de Estado.''

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