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Ahora, en estos kilómetros de llano previos al puerto y antes de afrontar # '''El recurso a la etapa reina en la adaptación del proceso externalización o el "outsourcing"''' nació con el objetivo de compras, quiero aprovechar para **reflexionar quedarse con las actividades centrales del negocio y pensar** qué hacerencomendar a proveedores externos actividades de nuestra trastienda que no aportan ningún valor. Parto de que el pliego de cláusulas administrativas particulares# Según leo en "La Tierra es Plana" de Thomas Friedman, por definición legal, es la**pieza clave del contrato**. Como dice en el [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Vacatio/l30-2007.l2t1.html#a99|artaño 2000 y debido a los profundos cambios tecnológicos, el recurso a la externalización se vio '''ampliado''' a cualquier '''actividad''' que se pudiera '''digitalizar''' (elaboración de noticias, gestión fiscal, asesoría jurídica, informes médicos.. 99.3º]] ) y descomponer en la cadena de la Ley creación de Contratos del Sector Público valor.# Y continua contando como el "outsourcing", inicialmente limitado a servicios generales (en adelante LCSPlimpieza, seguridad o consejería) //"los contratos y luego ampliado a actividades que se ajustarán al contenido de los pliegos particularespudieran digitalizar, en ciertos casos, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos.ha convertido en el "// **¿Y por qué son los pliegos de cláusulas administrativas tan importantes?.**<span class='''insourcing'''"fullpost" style="display: inline;"></span>Desde mediados , en cuya virtud, el proveedor externo '''se integra en la organización''' e interviene en su funcionamiento, analizando, diseñando y gestionando partes del siglo XIXnegocio, si bien ello requiere una colaboración muy profunda, **las organizaciones (privadas)** se empezaron a dar cuenta de que no podían desarrollar todas sus actividades con recursos exclusivamente propios implica mucha confianza y que necesitaban, por lo tanto, buen entendimiento.# Nuestras '''organizaciones públicas también''' deben acudir al mercado para proveerse de los contratar bienes y o servicios necesarios para alcanzar sus objetivos.# **El recurso a Toda organización, privada o pública, está para alcanzar unos objetivos y la externalización consecución de éstos '''siempre está vinculada''', en mayor o el "outsourcing"** nació con el objetivo de quedarse con las actividades centrales del negocio y encomendar en menor medida, a proveedores recursos externos actividades .# La presencia de nuestra trastienda que no aportan ningún valor.# Según leo recursos externos en "La Tierra las organizaciones es Plana" de Thomas Friedmanalgo '''imprescindible y clave'''. Así, en el año 2000 y debido a todos los profundos cambios tecnológicos'''sistemas de gestión de calidad''' (ISO, el recurso a EFQM o CAF), han considerado '''las alianzas con otros proveedores es un agente facilitador en la externalización se vio **ampliado** cosecución de resultados'''. Si los resultados van a cualquier **actividad** que se pudiera **digitalizar** (elaboración de noticiasdepender, gestión fiscalentre otros factores, asesoría jurídica, informes médicos...) de nuestros aliados externos será necesario '''gestionar con eficacia''' dicho agente, siendo necesario planificar y descomponer en gestionar la cadena de creación de valor.# Y continua contando como organización sus alianzas y sus recursos internos, según dice el "outsourcing", inicialmente limitado a servicios generales (limpieza, seguridad o consejería) y luego ampliado a actividades que se pudieran digitalizar, en ciertos casos, se ha convertido [http://www.aeval.es/comun/pdf/Guia_CAF_2006.pdf Criterio 4.1º del CAF].# Una vez repasada la trayectoria de las organizaciones en el "**insourcing**"recurso a proveedores externos y vista la importancia de gestionar eficazmente dicho recurso, en cuya virtud, el proveedor externo **se integra en la organización** e interviene en su funcionamiento, analizando, diseñando y gestionando partes del negocio, si bien ello requiere una colaboración muy profunda, que implica mucha confianza y buen entendimientollegamos al[http://www.compraspublicaseficaces.com/2007/11/el-proceso-de-compras-visin-general.html proceso de compras].# Nuestras **organizaciones públicas también** deben acudir al mercado El procso de compras es el que cualquier organización debe iniciar cuando tiene una'''necesidad de un bien o un servicio''' y no tienen recursos propios para contratar bienes o serviciossatisfacerla. Toda organización# Normalmente, privada o pública, está para alcanzar unos objetivos y la consecución materialización formal del proceso de éstos **siempre está vinculada**compras se suele plasmar en un'''contrato''', en mayor cuya virtud un empresario entrega un bien o en menor medida, a recursos externospresta un servicio y la organización paga.# La presencia de recursos externos en las organizaciones es algo **imprescindible y clave**. AsíLos contratos, según la teoría general del Derecho, todos los **sistemas son '''acuerdos de gestión de calidad** (ISO, EFQM voluntades'''entre dos o CAF)más personas que crean derechos y obligaciones entre ellas.# Los contratos que celebra la Administración, han considerado **las alianzas con otros proveedores es un agente facilitador en la cosecución además de resultados**. Si ser los resultados van a dependertípicos acuerdos creadores de derechos y obligaciones entre dos o más personas, entre otros factorestienen sus propias especialidades o características, ya que, en virtud de nuestros aliados externos será necesario **gestionar con eficacia** dicho agentela naturaleza de una parte contratante, el Sector Público, son contratos '''públicos, siendo necesario planificar ''' y gestionar como en la organización sus alianzas y sus recursos internosinmensa mayoría de nuestras relaciones contractuales, según dice el [[http://wwwson contratos de '''adhesión'''.aeval.es# El carácter '''público''' del contrato permite atribuir al ''"Sector Público"'' como ahora lo llama el [http:/comun/pdf/Guia_CAF_2006noticias.pdf|Criterio 4juridicas.com/base_datos/Vacatio/l30-2007.1º del CAF]]tp.html# Una vez repasada a3 art. 3] de la trayectoria LCSP, una serie de '''prerrogativas''' que rompen el tradicional equilibrio de las organizaciones partes contratantes en el recurso a proveedores externos y vista ámbito privado.# Al igual que se hace con los seguros, las hipotecas, las compraventas, la importancia de gestionar eficazmente dicho recursoenergía, llegamos al[[http://wwwla luz, las telecomunicaciones..compraspublicaseficaces.com/2007/11/el-proceso-los contratos de-compras-visin-general.html|proceso la Administración son '''contratos de compras]]adhesión.# El procso de compras es el que cualquier organización debe iniciar cuando tiene una**necesidad de un bien o un servicio** ''' La organizaciones, fundamentándose en su '''conocimiento, práctica y no tienen recursos propios para satisfacerla.# Normalmente, experiencia''', se plantean hipótesis e intentan regularlas de una forma arbitraria con la materialización formal del proceso finalidad de compras se suele plasmar situar a la administración en un**contrato**, '''escenarios contractuales óptimas'''. La'''Administración''' es quién redacta el pliego de cláusulas administrativas particulares en cuya virtud un empresario entrega un bien o presta un servicio los que ''"se incluirán los pactos y condiciones definidores de los derechos y la organización paga.# Los contratosobligaciones de las partes del contrato", '' según la teoría general del Derecho, son **acuerdos de voluntades**entre dos o más personas que crean derechos y obligaciones entre ellasdispone el [http://noticias.juridicas.com/base_datos/Vacatio/l30-2007.l2t1.html# Los contratos que celebra la Administración, además a99 art. 99.2º] y las '''empresas'''por el simple hecho de ser los típicos acuerdos creadores presentar sus ofertas ''"aceptan incondicionalmente el contenido de la totalidad de derechos y obligaciones entre dos las de las cláusulas o más personascondiciones, tienen sus propias especialidades sin salvedad o características, ya que, en virtud de la naturaleza de una parte contratantereserva alguna", ''como dice el Sector Público, son contratos **públicos,** y como en la inmensa mayoría de nuestras relaciones contractuales, son contratos de **adhesión**[http://noticias.juridicas.# El carácter **público** del contrato permite atribuir al com/base_datos/Vacatio/"Sector Público"l30-2007.l3t1.html#a129 // como ahora lo llama el [[http://noticiasart. 129.juridicas.com1º/base_datos/Vacatio/l30-2007] ''.tp.html''#a3|art. 3]] de En consecuencia, la LCSP, una serie de **prerrogativas** Administración tiene libertad para incluir todas aquellas cláusulas que rompen crea conveniente respetando '''el tradicional equilibrio principio de las partes contratantes en el ámbito privadolegalidad'''.# Al igual que En la elaboración del pliego se hace con los seguros, pueden incluir todo tipo de cláusulas que no contravengan las hipotecasnormas jurídicas. No obstante, las compraventashay que saber que hay distinguir, la energíay ello '''es bastante delicado''', entre normas de '''Derecho necesario''', que no dejan lugar a la luzautorregulación, las telecomunicaciones... los contratos y normas de la Administración son **contratos de adhesión.** La organizaciones'''Derecho dispositivo o voluntario, fundamentándose en su **conocimiento''' que pueden ser modificadas, práctica sustituidas o eliminadas por el arbitrio de la Administración.# Acertar sobre qué cláusulas incluir y cuáles excluir en los pliegos es bastante'''complicado''' y experiencia**, se plantean hipótesis e intentan regularlas de una forma arbitraria con la finalidad de situar realidad es que a la administración en **escenarios contractuales óptimas**. La**Administración** es quién redacta el pliego través de las cláusulas administrativas particulares en de los que //"pliegos se incluirán los pactos y condiciones definidores suele'''vulnerar la normativa de los derechos y obligaciones contratación''', sus principios inspiradores de las partes del contrato",// según dispone el [''publicidad y transparencia"'' [http://noticias.juridicas.com/base_datos/Vacatio/l30-2007.l2t1tp.html#a99|a1 (art. 99.2º]1)] y las **empresas**por el simple hecho de presentar sus ofertas de ''"tratamiento igualitario y no discriminatorio"'' [http://"aceptan incondicionalmente el contenido de la totalidad de las de las cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna",noticias.juridicas.com/base_datos/Vacatio/como dice el [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Vacatio/l30l30-2007.l3t1.html#a129|//a123 (art. 129.1º//123)]] //.//# En consecuencia, '''fallando''' en la Administración tiene libertad para incluir todas aquellas cláusulas consecución del principal objetivo de la contratación pública europea: "seleccionar la oferta que crea conveniente respetando **el principio de legalidad**mejor relación calidad/precio presente. # En la elaboración del pliego se pueden incluir todo tipo de cláusulas que no contravengan las normas jurídicas. No obstante, hay que saber que hay distinguir, y ello **es bastante delicado**, entre normas de **Derecho necesario**este sentido, WS Atkins Management Consultants elaboró en 1987 el informe ""The cost of Non-Europe in Public Sector Procurement". Este informe (popularmente conocido como '''informe Cecchini''') señalaba que no dejan lugar a entre las cerca de 110.000 entidades y poderes adjudicadores sometidos a las directivas sobre la autorregulacióncontratación pública, y normas de **Derecho dispositivo o voluntarioalrededor del 85%,** que pueden ser modificadassobre todo entre las autoridades locales, sustituidas o eliminadas por el arbitrio no se ajustan a las exigencias de la Administración.# Acertar sobre qué cláusulas incluir las directivas en materia de publicidad y cuáles excluir en los pliegos es bastante**complicado** y la realidad es que a través de las cláusulas de los pliegos se suele**vulnerar la normativa de contratación**, sus principios inspiradores de "transparencia" [http://ec.europa.eu/internal_market/publicprocurement/docs/green-papers/com-96-583/publicidad y transparencia"// [[http://noticiascom-96-583_es.pdf (pag.juridicas12 del Libro Verde.com/base_datos/Vacatio/l30-2007.tp.html#a1|(art. 1La Contratación Pública en la Unión Europea: Reflexiones para el futuro)]] y # Además de //"tratamiento igualitario y no discriminatorio"// [[http://noticiasrespetar el principio de legalidad, hay que tener presente que el pliego de cláusulas es la pieza jurídica clave del proceso de compras, debiendo aprovecharse la'''oportunidad de su elaboración para otras finalidades'''.juridicas# Es necesario '''simplificar''' el '''documento''' eliminando todo aquello que por estar en la normativa y ser de derecho necesario no nos favorece.com/base_datos/Vacatio/l30-2007.l3t1.html#a123|(art. 123)]]# Es posible '''simplificar''' el '''proceso''' mediante la elaboración de pliegos modelo, que en caso de ser aprobados,**fallando** en permitian suprimir tanto la consecución del principal objetivo de la contratación pública europea: "seleccionar la oferta que mejor relación calidad/precio presentefiscalización previa como el informe jurídico.# En este sentido, WS Atkins Management Consultants elaboró en 1987 el informe ""The cost of Non-Europe in Public Sector Procurement"Es obligatorio intentar '''ampliar su ámbito de aplicación''' de forma que la mayor parte de sujetos contratantes dentro de las organizaciones públicas puedan utilizarlos como base para sus contrataciones. Este informe (popularmente conocido como **informe Cecchini**) señalaba # Es preciso diseñar una '''estructura''' del documento que entre las cerca de 110permita su '''reutilización''' y'''fácil mantenimiento.000 entidades '''# Es ineludible intentar '''diseñar y poderes adjudicadores sometidos a las directivas sobre la contratación pública, alrededor mejorar subprocesos''' del 85%proceso (entregas, sobre todo entre las autoridades localesrecepciones, no se ajustan a las exigencias pagos, liquidaciones, incumplimientos, ...) para que funcionen con mayores niveles de las directivas en materia rapidez, comodidad, flexibilidad, eliminando todo aquello que no aporte un valor añadido.A modo de hoja de publicidad ruta y transparencia" [[http://ec.europa.eu/internal_market/publicprocurement/docs/green-papers/com-96-583/com-96-583_es.pdf|(pag. 12 del Libro Verde. La Contratación Pública en la Unión Europea: Reflexiones para el futuro)]]# Además de respetar el principio de legalidad, hay que tener presente que el pliego de cláusulas es la pieza jurídica clave del proceso de compras, debiendo aprovecharse la**oportunidad de su elaboración para otras finalidades**.# Es necesario **simplificar** el **documento** eliminando todo aquello que por estar en la normativa y ser de derecho necesario no nos favorece.# Es posible **simplificar** el **proceso** mediante la elaboración de pliegos modelo, que en caso de ser aprobados, permitian suprimir tanto la fiscalización previa como el informe jurídico.# Es obligatorio intentar **ampliar su ámbito de aplicación** de forma que la mayor parte de sujetos contratantes dentro de las organizaciones públicas puedan utilizarlos como base para sus contrataciones.# Es preciso diseñar una **estructura** del documento que permita su **reutilización** y**fácil mantenimiento.**# Es ineludible intentar **diseñar y mejorar subprocesos** del proceso (entregas, recepciones, pagos, liquidaciones, incumplimientos, ...) para que funcionen con mayores niveles de rapidez, comodidad, flexibilidad, eliminando todo aquello que no aporte un valor añadido.A modo de hoja de ruta y para no perderse para no perderse he confeccionado la siguiente imagen:</div>
sin resumen de edición
<div id="content_view" class="wiki" style="display: block"><span style="color: #585858; font-family: Arial,Helvetica,sans-serif; font-size: 14px; line-height: normal;"> </span>Empiezo donde acabé la anterior entrada, con el letrero: "puerto de montaña a 10 kms".<br /> <br /> Ahora, en estos kilómetros de llano previos al puerto y antes de afrontar la etapa reina en la adaptación del proceso de compras, quiero aprovechar para '''reflexionar y pensar''' qué hacer.<br /> <br /> Parto de que el pliego de cláusulas administrativas particulares, por definición legal, es la'''pieza clave del contrato'''. Como dice el [http://noticias.juridicas.com/base_datos/Vacatio/l30-2007.l2t1.html#a99 art. 99.3º] de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) ''"los contratos se ajustarán al contenido de los pliegos particulares, cuyas cláusulas se consideran parte integrante de los mismos."''<br /> <br /> '''¿Y por qué son los pliegos de cláusulas administrativas tan importantes?.'''<br /> <span class="fullpost" style="display: inline"><br /> </span><br /> Desde mediados del siglo XIX, '''las organizaciones (privadas)''' se empezaron a dar cuenta de que no podían desarrollar todas sus actividades con recursos exclusivamente propios y que necesitaban, por lo tanto, acudir al mercado para proveerse de los bienes y servicios necesarios para alcanzar sus objetivos.<br />
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