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→{{T3|3.1.2. Acreditación de la capacidad de obrar}}
La acreditación de la capacidad de obrar y los documentos que se deben presentar dependen del tipo de empresario que vaya a licitar. El '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a146 artículo 146]''' del TRLCSP establece los documentos que los licitadores deben presentar para acreditar el cumplimiento de los requisitos de aptitud, en los procedimientos: abierto, restringido y negociado.
En determinados contratos la acreditación se podrá realizar con el '''[/[El+documento+europeo+%C3%BAnico+único de+contrataci%C3%B3n+%28DEUC%29 contratación (DEUC)|Documento Europeo Único de Contratación (DEUC)]].'''
===={{T4|3.1.2.1. Personas jurídicas}}====