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=={{T2|1.1. Novedades del proyecto de LCSP}}==
El '''[/es.com/[Proyecto+de+ley+de+contratos+del+Sector+P%C3%BAblico. Público|proyecto de Ley de Contratos del Sector Público]]''' en su Exposición de Motivos manifiesta que:
* '''La transparencia es un objetivo del proceso de contratación pública:''' "''El sistema legal de contratación pública que se establece en la presente Ley persigue aclarar las normas vigentes, en aras de una mayor seguridad jurídica y trata de conseguir que se utilice la contratación pública como instrumento para implementar las políticas tanto europeas como nacionales en materia social, medioambiental, de innovación y desarrollo, de promoción de las PYMES, y de defensa de la competencia. Todas estas cuestiones se constituyen como '''verdaderos objetivos''' del anteproyecto, persiguiéndose en todo momento la eficiencia en el gasto público y el respeto a los principios de igualdad de trato, no discriminación, '''transparencia''', proporcionalidad e integridad".''
* '''Se elimina, por su falta de transparencia, el procedimiento negociado sin publicidad''': "''Con independencia de las normas llamadas a facilitar la lucha contra el fraude y la corrupción, se incluyen nuevas normas tendentes al fomento de la transparencia en los contratos. Así, debe mencionarse, entre otras cuestiones, la introducción de una novedad significativa: la supresión del supuesto de aplicación del procedimiento negociado sin publicidad por razón de cuantía". "''<span style="display: inline !important">''Dicho procedimiento, muy utilizado en la práctica, resultaba muy ágil '''pero adolecía de un déficit de transparencia,''' al carecer de publicidad, corriendo el riesgo de generar desigualdades entre licitadores. Para paliar estas deficiencias, se crea en la Ley un nuevo procedimiento de adjudicación, el denominado Procedimiento Abierto Simplificado, ya citado anteriormente al aludirse a los procedimientos de adjudicación, en el que el proceso de contratación está concebido para que su duración sea muy breve y la tramitación muy sencilla, pero sin descuidar, sin embargo, las necesarias publicidad y transparencia en el contrato.''</span>