Cambios

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{{T1|6. Cuestiones prácticas}}
* El contratista '''presenta el proyecto''' al órgano de contratación.
* El órgano de contratación procede, en su caso, a su '''supervisión, aprobación y replanteo'''.
* Si se observaren '''defectos''' o r'''eferencias de precios inadecuados''' en el proyecto recibido [[La contratación de la redacción del proyecto y la dirección de las obraobras#6. Incumplimientos del autor del proyecto|se requerirá su subsanación]].
* El contratista presenta de '''nuevo proyecto''' y, en su caso, se procede a la nueva supervisión, aprobación y replanteo del proyecto.
* En el supuesto de que el órgano de contratación y el contratista '''no llegaren a un acuerdo sobre los precios''', el último quedará exonerado de ejecutar las obras, sin otro derecho frente al órgano de contratación que el pago de los trabajos de redacción del correspondiente proyecto.
* La contratación conjunta de la redacción del proyecto y de la ejecución de las obras.
{{PRESENTACION|https://docs.google.com/presentpresentation/d/1xs-rxLedF2VCYuIUezcL9ZtZRvGbVdlSGy3LJaDxiDI/embed?id=dcgftb3g_4852snddqds}}
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