Diferencia entre revisiones de «ATRIGA - Gestión VEH»

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Revisión del 07:07 10 oct 2022


Resumen del impuesto de Transmisiones de Vehículos


Nota.png Resumen del impuesto de TPO-AJD para VEHÍCULOS

  • Normativa
    • Real Decreto Legislativo 1/1993, del 24 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
    • Real Decreto 828/1995, del 29 de mayo, por el que se aprueba el reglamento del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
    • Orden HFP/1442/2021, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (VALORES 2022)


  • RESUMEN Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (Vehículos y embarcaciones)
    • Hecho imponible: adquisición de vehículos o embarcaciones "inter vivos" (incluye arrendamientos, préstamos, fianzas, etc), siempre por un particular, pues en caso contrario estaría sujeto a IVA
    • Competencia: viene determinada por el domicilio fiscal del ADQUIRIENTE
    • Plazo: 1 mes
    • Modelo Autoliquidación: modelo 620
    • Documentación: contrato de compra, ficha técnica y permiso de circulación
    • Tipo: 8%, aunque se establece una cuota fija para turismos de 15 años o más en función de su cilindrada. Se aplica el 1% en caso de embarcaciones y sus motores



Resumen del procedimiento

  1. Presentación de autoliquidaciones (Modelo 620), ya sea de forma presencial o telemática
  2. Comprobaciones y generación de paralelas (en su caso)
    a. Si todo está correcto, se cierra el expediente "[FIN]"
    b. Si no todo está correcto, pero la paralela se genera por el recargo correspondiente a la presentación fuera de plazo, se da de baja la paralela y se cierra igualmente {{{texto}}}
    c. Si no todo está correcto, pero la paralela resultante es inferior a X €, se da de baja la paralela y se cierra igualmente {{{texto}}}
  3. 3. Generación de paralelas en Xeito
  4. 4. Trámite de audiencia
    a. Primero ponemos en Xeito el estado correspondiente
    b. Generamos el escrito de trámite de audiencia, introduciendo como “motivación” el texto que corresponda según el año
    c. Enviamos a firma de nuestro superior el trámite de audiencia
    d. Una vez firmados, se enviarán a los destinatarios (transparente para nosotros)
    e. Si el primer envío es infructuoso, revisaremos las direcciones a las que se enviaron (las que figuraban como domicilio fiscal del sujeto pasivo) y las que rellenaron en el 620. Si hay otra dirección, se intenta un 2do envío y si no se envía a BOE para notificar
  5. 5. Controlamos en Xeito las fechas de notificaciones para computar el plazo que tienen de alegaciones
    a. Si llegan alegaciones en plazo, las revisamos
    i. Si las estimamos, se da de baja la paralela y se cierra el expediente {{{texto}}}
    ii. Si las desestimamos o vence el plazo sin recibirse alegaciones, continuamos
  6. 6. Liquidación
    a. Si no estimamos las alegaciones o si no se presenta éstas, tenemos que enviarles la liquidación correspondiente:
    i. Primero ponemos en Xeito el estado correspondiente
    ii. Generamos el escrito de liquidación, introduciendo como “motivación” el texto que corresponda según el año y si hubo o no alegaciones
    iii. Enviamos a firma de nuestro superior la liquidación
    iv. Una vez firmados, se enviarán a los destinatarios (transparente para nosotros)
    v. Igual que antes, puede ser necesario un segundo envío o BOE
  7. 7. Una vez notificada la liquidación, la tramitación ha terminado para nosotros {{{texto}}}



Presentación de autoliquidaciones (Modelo 620)



Comprobaciones y generación de paralelas (en su caso)



Presenciales



Telemáticas



Caucionales



Trámite de audiencia



Gestión de alegaciones



Notificación de liquidaciones



Procedimientos comunes

Obtención de una valoración

  • Xeito
    • PENDIENTE DE DOCUMENTAR!
  • Vía web -> pinchar sobre el enlace de la OV Tributaria - Servicio de Valoración de Vehículos usados
    • Es muy importante tener a mano el permiso de circulación del vehículo delante para poder hacer la valoración, pues hay que cubrir campos como la fecha de primera matriculación (B), fecha de matriculación del permiso (I), cilindrada (P.1) o potencia en KW[1] (P.2)
  • Manualmente


Icon excel.png Excel de ayuda para valoración vehículos usados (pestaña Orden HFP_1442_2021)

Icon excel.png Excel de ayuda para valoración motocicletas usadas (pestaña Orden HFP_1442_2021 y anteriores)


Icon pdf.png Tabla de valoraciones de vehículos agrícolas usados (TRACTORES)


Nota.png TURISMOS y TODOTERRENOS de 15 años o más

La cuota tributaria es fija en estos casos:
  • 22 € -> Si cilindrada entre 1..1199 c.c.[2]
  • 38 € -> Si cilindrada entre 1200..1599 c.c.[3]



Cierre de expedientes eliminando la paralela

El procedimiento para el cierre de expedientes de vehículos con eliminación de paralela en el Departamento de Información es el siguiente:

  • Xeito -> Perfil Xestión Xeral
  • GV Vehíuclos
  • 7. Consulta liquidacións dun expediente
  • Sale 1 línea, que es lo declarado, y una segunda línea debajo con la liquidación paralela. Como ésta existe, no nos deja realizar el cierre de expediente directamente. Tenemos que hacer lo siguiente
    a) Seleccionar la paralela y pinchamos sobre Mantem. Paralela
    b) Pulsamos el botón Baixa y volvemos a la pantalla anterior dándole a Volver
    c) Cerramos el expediente (Xestión Exped -> Peche definitivo e Actualizar)



Reabrir un expediente cerrado por error

  • Desde el Xeito, en la sección de vehíuclos
  • Vamos al 12. Actualizar Táboa de Espera
  • Buscamos el expediente y marcamos la casilla Confirmar Actuación antes de darle al botón Reapertura



Comprobación de caucionales en Tráfico

Es necesario iniciar sesión para ver Comprobación de caucionales en Tráfico (los ejemplos contienen datos personales)


  1. La potencia en CV se obtiene de multiplicar la potencia en KW por 1.36
  2. Centímetros cúbicos (c.c.)
  3. Centímetros cúbicos (c.c.)