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{{T1|2. El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre}}
={{T1|2. El Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre}}=
<span style="line-height: 1.5">La actual regulación de la contratación pública en España se encuentra ha encontrado regulada hasta fechas recientes (hasta el día <u>'''9 de marzo de 2018'''</u>) en el '''Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre''', que aprobó el '''Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público''' (en adelante,'''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-17887-consolidado.pdf TRLCSP]'''), cuya entrada en vigor se produjo el <u>16 de diciembre de 2011</u>, al mes de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".</span>
<span style="line-height: 1.5"> <span style="line-height: 1.5"> <span style="line-height: 1.5"> El </span>'''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-17887-consolidado.pdf TRLCSP]''' afecta al Sector público español, sector integrado por más de 20.600 organismos, instituciones y empresas, tanto del ámbito público estatal como del autonómico y local</span><sup class="reference">[2]</sup><span style="line-height: 1.5">.</span>
<span style="line-height: 1.5"> <span style="line-height: 1.5">La'''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2011/BOE-A-2011-4117-consolidado.pdf Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible]'''</span><sup class="reference">[3]</sup><span style="line-height: 1.5"> había autorizado al Gobierno a elaborar, en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor, un texto refundido en el que se integraran, debidamente '''Regularizados, Aclarados y Armonizados''' (R.A.A.), la '''[http://www.boe.es/buscar/pdf/2007/BOE-A-2007-18874-consolidado.pdf Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público]''', y las disposiciones en materia de contratación del sector público contenidas en normas con rango de ley, incluidas las relativas a la captación de financiación privada para la ejecución de contratos públicos.</span>
<span style="line-height: 1.5"> Dicha habilitación tenía había tenido su razón de ser en la '''evidente inseguridad jurídica'''. ''“La sucesión de leyes que han modificado por diversos motivos la Ley 30/2007 unido a la existencia de otras normas en materia de financiación privada para la ejecución de contratos públicos incluidas en otros textos legislativos, pero de indudable relación con los preceptos que regulan los contratos a los que se refieren, aconsejaban la elaboración de un texto único en el que se incluyan debidamente aclaradas y armonizadas, todas las disposiciones aplicables a la contratación del sector público”''.<sup class="reference">[4]</sup>
<span style="line-height: 1.5"> <span style="line-height: 1.5">Para '''José Antonio Moreno Molina''' (Catedrático de Derecho Administrativo - Universidad de Castilla - La Mancha)</span><sup class="reference">[5]</sup><span style="line-height: 1.5">: </span>''<span style="line-height: 1.5">“El TRLCAP consta de 334 artículos distribuidos en 5 libros, por lo que se vuelve al mismo esquema del texto original de la LCSP, eliminando el Libro VI que introdujo la Ley 34/2010 para dedicarlo al “régimen especial de revisión de decisiones en materia de contratación y los medios alternativos de resolución de conflictos”, disposiciones que se llevan ahora al Libro I del texto refundido. Asimismo, el TRLCSP incluye 31 disposiciones adicionales, 8 transitorias, 6 finales y 3 anexos.”</span>''

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