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El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. No obstante, durante la ejecución del contrato pueden surgir incidencias que retrasan el cumplimiento de los plazos del contrato o impiden el cumplimiento de otras obligaciones contractuales.
En unos casos, el retraso no es imputable al contratista (como la [/[La+fuerza+mayor+en+las+obras |fuerza mayor]]); en otros sí lo es, pudiendo en estos casos la administración:* bien '''[/[Incumplimientos+del+contrato. |imponer penalidades]]''' para compeler al contratista a cumplirlas o
* bien '''resolver el contrato'''.
===={{T4|3.3.3.1. Denuncia de los incumplimientos}}====
En el caso de que se hubiera nombrado un <u>'''[/[El+responsable+de+la+ejecuci%C3%B3n+ejecución del+contrato. |responsable del contrato]]'''</u>, según lo que dispone el '''[http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17887&tn=1&p=20151231#a52 artículo 52]''', y en la medida en que le corresponde '''supervisar''' la ejecución ejecución y '''adoptar''' las decisiones y '''dictar''' las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquéllos le atribuyan, debería denunciar al órgano de contratación los incumplimientos por parte del contratista.
===={{T4|3.3.3.2. Inicio del procedimiento}}====