La selección del contratista y la ejecución del contrato el contrato

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Bueno ya estás más cerca de hacer negocio con el Sector Público. Si has hecho los deberes, a estas horas ya:
  • tienes tu propio mapa de los posibles clientes del Sector Público a los que te gustaría vender,

  • sabes qué oportunidades de negocio publica y cuáles son sus hábitos de gestión,
  • controlas las páginas webs de tus potenciales clientes y monitorizas la información que se publica,
  • eres capaz de obtener todos los documentos jurídicos y técnicos que regulan con precisión el negocio jurídico y
  • entiendes y conoces los pormenores y la letra pequeña de las cláusulas, pactos y condiciones que el ente, organismo u entidad del Sector Público te plantea,
  • en un tiempo récord, has preparado todos los documentos administrativos, has estudiado el negocio que te proponen y has valorado tu oferta económica y en su caso, técnica.
  • respetas las formalidades de la presentación de tu proposición: los documentos deben ir en sobres independientes y se deben entregar en determinado lugares.

SÓLO TE QUEDA ESPERAR Y SABER CÓMO SE VA A SELECCIONAR AL CONTRATISTA Y QUÉ OPORTUNIDADES TIENES PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO. SI TU OFERTA ES LA MEJOR SERÁS ELEGIDO Y PODRÁS HACER NEGOCIO CON EL SECTOR PÚBLICO.

AHORA, COMIENZA A LEER Y APRENDER. TUS OPORTUNIDADES DEPENDEN DE ELLO.

1. Antes de ejecutar el contrato, hay que saber cómo funciona la selección de los proveedores públicos.

Llegamos a la siguiente fase. Tú has hecho tus deberes y ahora la pelota está en el tejado del ente, organismo u entidad pública que ha convocado la licitación. Has presentado tu proposición y ahora:

  1. Comienza el proceso de selección,
  2. Lo primero que van a hacer es estudiar a las empresas y comprobar que tienen aptitud para ejecutar el contrato que se licita,
  3. Lo segundo valorar las ofertas de aquellas que tengan aptitud para ejecutar el contrato,
  4. A la vista de la valoración de las ofertas, la empresa que haya hecho la mejor oferta será requerida para que deposite más documentación.
  5. Entregada la documentación se adjudicará el contrato y se procederá a su formalización.
  6. El contrato se ejecuta y si está todo conforme se procederá a su pago.

2. Contenido tercera parte del curso: "La selección del contratista y la ejecución del contrato."

En esta segunda vamos a ver y vas a aprender:

2.1. Cómo funciona el procedimiento de selección. Qué tramites se siguen.

Una vez que has presentado tu oferta, empieza una carrera de obstáculos, actividades y trámites hasta el desenlace, la selección de la mejor oferta.

No queda más remedio que estudiar un poco la teoría, para entender cómo se desarrolla la práctica. Básicamente se puede decir que cuando un ente, organismo u entidad del Sector Público va a seleccionar a una empresa para que ésta le provea de un bien o un servicio realizada dos actuaciones, digamos, dos grandes exámenes:

  1. Primero van a examinar a tu empresa.
  2. Luego, y si tu empresa "puede valer" para satisfacer la necesidad que el ente, organismo u entidad del Sector Público tiene, van a examinar tu oferta.

Dos exámenes el primero obligatorio y excluyente, apto o "no apto"; el segundo selectivo y con nota del mejor al peor. Quédate con esta idea y luego conoce en más profundidad, esos exámenes, lo que van a preguntar, quién examina, qué puedes hacer si no estás conforme con la nota....

Para saber más, PINCHA AQUÍ.

2.2. ¿Qué pasa si hay algún defecto en la documentación?

Como ya sabes, el primer examen lo pasa tu empresa y para pasarlo has debido de preparar un conjunto de documentos y meterlos en su correspondiente sobre. No obstante, puede ser que te hayas olvidado de alguno de los documentos o que hayan detectado algún defecto, puede pasar que:

  • Hayas facilitado una fotocopia de tu escritura de constitución,
  • No hayas realizado el bastanteo de poderes,
  • Que no hayas presentado la declaración de capacidad y de no estar incurso en ninguna prohibición para contratar con el Sector Público,
  • ...

¿Qué pasa?

1. Te pueden pedir que subsanes, pero igual no te lo piden.
Hay que ser muy cuidadoso con los documentos y la calidad de estos documentos, es decir, que sean documentos válidos (originales o copias autorizadas), porque te pueden pedir que subsanes los defectos o que aportes otros documentos o no pedirte nada. En este caso, tu empresa será excluida de la licitación y tu oferta no será abierta.
2. Y qué es subsanable y qué no es subsanable.
Teniendo en cuenta la anterior premisa, parece ser que se consideran:
defectos subsanables los que afectan a la acreditación de requisitos y
defectos NO subsanables los que afectan a su existencia.
Ejemplos, una vez finalizado el plazo de presentación de las proposiciones:
La escritura de constitución de la sociedad limitada no había sido inscrita en el Registro Mercantil o
No se había otorgado formalmente (escriturado) el apoderamiento a la persona que firma la empresa o
No se había contratado el aval o el seguro de crédito y caución como garantía provisional
en todos estos casos, tu empresa sería excluida, porque al finalizar el plazo de presentación de ofertas, momento en el cual se deben de cumplir los requisitos:
Tu empresa no tenía personalidad jurídica, no tenía todavía capacidad de obrar, porque no estaba inscrita en el Registro Mercantil.
Tu apoderado todavía no podía actuar, por las mismas razones.
En ese momento, no existía la garantía provisional (que se exigía en la licitación).
En cambio, antes de finalizar el plazo de presentación de las proposiciones:
Si tu escritura de constitución sí estaba inscrita en el Registro Mercantil,
Si el apoderamiento se había otorgado en escritura pública
Si constituiste la garantía provisional, tenías tu aval o tu seguro de crédito y caución, pero se ha olvidado
deberías de tener la oportunidad de subsanar ese defecto y conseguir pasar este examen con "apto" y que tu oferta fuese valorada.
3. Empresa pendiente de clasificación.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de esta Ley para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación, establece el art. 130 Ley 30/2007:
4. ¿Y qué plazos hay para subsanar o aportar documentos?.
Pues depende, hay pequeños matices que dan dos plazos:
Si es para subsanar un defecto, concederá un plazo no superior a 3 días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.
Si es para aportar documentos, concederá un plazo de 5 días naturales., recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas.
5. ¿Y cómo me entero de que tengo que subsanar o aportar documentos?.
Pues depende, puede ser que:
lo comunicará verbalmente a los interesados.
lo deberá hacer público a través de anuncios del órgano de contratación o, en su caso, del que se fije en el pliego.
Según establece el art. 27.1º del RD 817/2009 "a estos efectos, siempre que resulte precisa la subsanación de errores u omisiones en la documentación mencionada en el párrafo anterior, la mesa concederá para efectuarla un plazo inferior al indicado al objeto de que el acto de apertura pueda celebrarse dentro de él."

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2.3. ¿Y si no me permiten subsanar?, ¿qué pasa?, ¿qué puedo hacer?.

Pues te vas a enterar a toro pasado, es decir, lo más normal puede ser que te enteres cuando se adjudique el contrato y, al final del mismo, puedas leer que tu empresa fue excluida por "tal motivo".

1. Cómo funciona el rechazo de proposiciones.
Normalmente quien se encarga de este examen de empresas es la Mesa de contratación deberá y ésta en función de los documentos aportados determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por:
No acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
No superar el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo, cuando el procedimiento de selección se haya articulado en varias fases.
La mesa debe pronunciarse expresamente sobre:
las empresa rechazados y
sobre las causas de su rechazo.
2. Cuando me entero.
Normalmente te debería enterar el día que acudes, si quieres a la apertura de las ofertas, allí el 4. El Presidente manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas y notificará el resultado de la calificación en los términos previstos en el artículo anterior.
El acto de admisión y rechazo de empresas no es público y lo que legalmente hay que hacer según el art. 82.4º del RD 1098/2001 es que "el Presidente (dela Mesa) manifieste el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas y notificará el resultado de la calificación en los términos previstos en el artículo anterior."
No obstante es una práctica que se usa poco, esos rechazos no se suelen notificar como se notifican otros acuerdos, como la adjudicación, por correo con acuse de recibo.
En unos casos, se entiende que es un simple acto de trámite y que el licitador ya se enterará cuando sea y ya hará lo que pueda.
Otros entes, organismo u entidades del Sector Público están utilizando su perfil de contratante para comunicar el rechazo de proposiciones.
Algo que te proponemos es que cuando te presentes a la licitación solicites que se te comunique de forma electrónica ésta y demás actuaciones que te afecten en el proceso de selección. ¿Qué como se hace esto?, no te preocupes aquí te dejamos un talles expresamente dedicado a este asunto.
3. Y qué puedo hacer .
Ese acto de la Mesa por el que se excluye a una empresa es un acto de trámite que puede producir a una empresa indefensión o un perjuicio irreparable a sus derechos o intereses legítimos, en especial, se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores.
Estos actos de trámites si el contrato fuese SARA podrían ser objeto de recurso especial en materia de contratación (art. 310.2º b)); si no lo fuese, el recurso administrativo oportuno.
Así que primero habría que solicitarle la subnación del defecto, quizá haya construido la garantía provisional y se le haya olvidado adjuntarla y luego si es excluido, notificárselo (hacer todo esto es de notable o de sobresaliente).

Para saber más, PINCHA AQUÍ.

2.4. Cómo se valoran las ofertas, la técnica y la económica. Qué pasa si mi oferta es temeraria.

2.5. Mi oferta es la mejor clasificada en la valoración. Mi oferta no es la mejor clasificada en la valoración, ¿qué puedo hacer?.

y me requieren la presentación de documentos para adjudicarme el contrato.

Qué pasa si la empresa mejor clasificada no se presenta los documentos para que le adjudiquen el contrato.

2.6. La adjudicación del contrato y la notificación de la adjudicación. ¿Puedo recurrir?-

2.7. Qué plazo hay para firmar el contrato.

La formalización del contrato.

Qué pasa si no se formaliza el contrato en plazo.

2.8 Qué plazo hay para pagar. Qué pasa si no me pagan.

2.9. Problemas durante la ejecución del contrato.

2.10. Una vez entregado o realizado el contrato, qué responsabilidad tengo.

37. Qué pasa si es necesario modificar el contrato durante su ejecución.

38. Cuándo se devuelve la garantía definitiva. Para saber más, PINCHA AQUÍ.

3. Cuando termines este tema, deberías ser capaz de:

  1. Controlar el plazo que tienes para preparar la oferta.
  2. Conocer si puedes o no puedes presentar tu oferta,
  3. Conocer si tienes capacidad y solvencia para ejecutar el contrato.
  4. Conocer los documentos que necesitas para acreditar tu capacidad y tu solvencia.
  5. Conocer el significado del "bastanteo de poderes", "la declaración de no estar incurso en ..." o lo que conlleva "depositar una garantía provisional"
  6. Valorar si te compensa o no obtener la clasificación como contratista.
  7. Valorar si te compensa o no inscribirte en un Registro de Licitadores.
  8. Saber cómo preparar tu oferta técnica y la económica.
  9. Saber dónde la tienes que presentar.
  10. Preguntar en caso de dudas o pedir información adicional.

4. Curso global para la formación de empresas en licitación pública.

El curso global "Aprende a licitar con el Sector Público e incrementa tus oportunidades de negocio" se compone de otros dos módulos: